Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la Serena.

C/ OSVALDO MATÍAS RAMOS ARCE

Rol

O-151-2023

Fecha

24 de julio de 2023

Materia

FINGIMIENTO DE CARGOS O PROFESIONES .ART. 213 INC. 2., ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización. Ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, constituida por los jueces doña Ana Marcela Alfaro Cortés, doña Nury Del Carmen Benavides Retamal, y don Sergio Hiram Rojas Bustos, se llevó a efecto el día diecinueve de julio del año en curso, la audiencia del juicio oral en la causa RIT N° 151-2023, seguida en contra del acusado OSVALDO MATÍAS RAMOS ARCE, cédula de identidad 17.523.574- 4, nacido el 1 de agosto de 1991 en Rancagua, 31 años, enseñanza media completa, soltero, comerciante, con domicilio en calle Santiago N° 522, Tierras Blancas, Coquimbo. Sostuvo la acusación del Ministerio Público, el Fiscal don Nicolas Nicoreanu Rodrigo y la defensa estuvo a cargo de la defensora privada doña Paola Vega Bolados, ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. Se deja constancia que el juicio se celebró de manera semi presencial. SEGUNDO: Acusación y argumentos de la fiscalía. Que los hechos materia de la acusación fiscal fueron los siguientes: “El día 25/09/2022 a las 04:50 horas aproximadamente, en la vía pública específicamente en calle Balmaceda frente al Nº 134 de la Serena, el acusado Osvaldo Matías Ramos Arce, fingiendo ser funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, portando una camiseta de color azul con los logos institucionales de la PDI y portando en una de sus manos una radio portátil color negro marca Motorola, se acercó a las víctimas don Carlos Marino Sánchez, María Elena Valencia Méndez y Alayo Valencia, todos de nacionalidad peruana, quienes se encontraban abordando su vehículo estacionado en dicho lugar, haciéndolos bajar del vehículo y procediendo a la revisión del mismo y en el momento que una de las víctimas iba a tomar su cartera el imputado se lo impidió en forma violenta, solicitando asimismo el imputado las llaves del vehículo, lo que alertó a las víctimas que el actuar del imputado no correspondía a un funcionario de la PDI, y al exigir la identificación el imputado trata de darse a la fuga siendo detenido en el mismo en lugar por las víctimas”. El Ministerio Público calificó estos hechos como constitutivos del delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1º, en relación con el artículo 432 y 439, ambos del Código Penal, en el cual cabe participación al acusado en calidad de autor, en grado de desarrollo de Código: CYTXGRJXSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 consumado. Por lo anterior, pidió sancionar al acusado con la pena de cinco (5) años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y a las accesorias legales del artículo 28 del Código Penal, con costas de la causa En su alegato de apertura, el fiscal sostuvo que con prueba testimonial, de la víctima y de los funcionarios policiales, sumado a fotografías, se acreditarán los hechos contenidos en el auto de apertura En su alegato de clausura reiteró su solicitud de ver

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 14 N° 1, 15 N°1, 18, 21, 24, 26, 29, 49, 50, 68, 213 del Código Penal; 47, 295, 296, 297, 340, 342, 344 y 348 del Código Procesal Penal, y normas pertinentes de la ley 18.216; se declara que: I.- Se ABSUELVE a OSVALDO MATÍAS RAMOS ARCE, ya individualizado, del cargo que le fue atribuido en su contra por su eventual responsabilidad en calidad de autor ejecutor del delito de robo con violencia, injusto penal supuestamente cometido en la comuna de La Serena el día 25 de septiembre de 2022. II.- Se CONDENA a OSVALDO MATÍAS RAMOS ARCE , ya individualizado, a la pena de cuatrocientos (400) días de presidio menor Código: CYTXGRJXSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 20 en su grado mínimo y al pago de una multa equivalente a diez (10) unidades tributarias mensuales, además, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de usurpación de funciones, previsto y sancionado en el artículo 213 del Código Penal, cometido en la comuna de La Serena el día 25 de septiembre de 2022. III.- En atención a lo razonado en el motivo Décimo quinto, por reunirse en la especie los requisitos establecidos en el artículo 8° de la ley 18.216, se sustituye al sentenciado Ramos Arce el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena de reclusión parcial por

Texto Completo (Preview)

1 La Serena, veinticuatro de julio de dos mil veintitrés. VISTOS OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización. Ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, constituida por los jueces doña Ana Marcela Alfaro Cortés, doña Nury Del Carmen Benavides Retamal, y don Sergio Hiram Rojas Bustos, se llevó a efecto el día diecinueve de julio del año en curso, la audiencia del juic

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica