MP C/ ERICK EDUARDO DURÁN LÓPEZ
Rol
O-392-2021
Fecha
24 de julio de 2023
Materia
PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO, ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por la Jueza doña Paulina Bossy Chaparro, quien presidió y los magistrados don Hernán González Muñoz y doña Marcela Paredes Olave, el día 17 y 18 de julio en curso se llevó se llevó a efecto, la audiencia del juicio oral en la causa Rit 392-2021, Ruc 1801100133-1, seguida en contra de Erick Eduardo Durán López, nacido en Rancagua el 24 de febrero de 1987, 36 años, Cédula de Identidad Nº 16.494.089–6, pintor en construcción domiciliado en Pasaje Estación Coya N° 01455, Block M, departamento 202, comuna de Rancagua. Sostuvo la acusación del Ministerio Público el Fiscal don Jorge Escobar Fuenzalida, en tanto que la Defensa estuvo a cargo del Defensor Penal Privado don Claudio Valenzuela Díaz, ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. Se deja constancia que prestaron declaración vía plataforma zoom los testigos Sergio Becerra Veloso, Rene Palma Morales, Maicol Figueroa Saavedra y Francisco Pérez Nilo. SEGUNDO: Los hechos de la acusación fiscal fueron los siguientes: “Hecho N° 1: El día 22 de julio del año 2018 en horas de la tarde, ERICK DURAN LOPEZ, a bordo del vehículo marca Toyota, color blanco, PPU BKLV-57, concurrió hasta la intersección de Av. España con el Pasaje nro. 31, de la comuna de Rancagua, descendió del automóvil y forzó y rompió la chapa de la puerta del copiloto del vehículo PPU UC-6162, marca Kia, el cual permanecía estacionado en la vía pública y que es de propiedad de la víctima de iniciales L.E.E.H., para luego ingresar al mismo y sustraer bolsas con diversas mercaderías, huyendo del lugar con las especies sustraídas, a bordo del vehículo Toyota, ya singularizado. Hecho N° 2: El día 22 de julio del año 2018, en horas de la tarde, ERICK DURAN LOPEZ, a bordo del vehículo marca Toyota, color blanco, PPU BKLV- 57, concurrió hasta la intersección de Av. España con el Pasaje nro. 31 de la comuna de Rancagua, descendió del automóvil y forzó y rompió la chapa de la puerta del piloto del vehículo marca Chevrolet, PPU PPHXVF-10, el cual permanecía estacionado en la vía pública y que es de propiedad de la víctima de iniciales M.L.A.Y., para luego ingresar al mismo y sustraer un cenicero, un pendrive y un set de herramientas, huyendo del lugar con las especies sustraídas, a bordo del vehículo Toyota, ya singularizado. Código: HXXMXGHGBRP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Hecho N° 3: El día 31 de Agosto del año 2018, en horas de la tarde, ERICK DURAN LOPEZ, a bordo del vehículo marca Toyota, color blanco, PPU BKLV- 57, concurrió hasta la calle Longitudinal Sur a la altura del Kilómetro 95.5 comuna de Requínoa, se baja del automóvil y forzó y dañó la chapa de la puerta del copiloto del vehículo PPU UE-8253, marca Nissan, el cual permanecía estacionado en la vía pública y que es de propiedad de la víctima de iniciales A.A.C.P., para luego i
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 6 y N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 30, 50, 432, 443, 445 y 449 N° 1 del Código Penal; artículos 47, 295, 296, 297, 340, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; se declara que: I.- Se absuelve, a Erick Eduardo Durán López, ya individualizado, de la acusación deducida en su contra de ser autor del delito de robo en bienes nacionales de uso público de los hechos 1, 2, 3, 5 y 6 que da cuenta la acusación supuestamente cometidos los días 22 de julio, 31 de agosto, 16 de octubre y 17 de octubre, todos del año 2018, en la comuna de Rancagua. II.- No existiendo razones fundadas que justifiquen que el persecutor hizo un ejercicio abusivo de la acción penal pública, no se le condena en costas, por estos hechos. III.- Se condena a Erick Eduardo Durán López, ya individualizado, a dos penas de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de dos delitos de Código: HXXMXGHGBRP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 22 robo en bienes nacionales de uso público, en grado de consumado, cometidos el día 5 de septiembre de 2018 y 8 de noviembre de 2018. IV. Se condena a Erick Eduardo Durán López, ya individualizado, a la pena de sesenta y un día de presidio menor en su grado mínimo y a la
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1 Rancagua, veinticuatro de julio de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por la Jueza doña Paulina Bossy Chaparro, quien presidió y los magistrados don Hernán González Muñoz y doña Marcela Paredes Olave, el día 17 y 18 de julio en curso se llevó se llevó a efecto, la audiencia del juicio oral en la cau
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