Juzgado de Garantía de Valdivia.

MP C/ GABRIELA DEL CARMEN BUSTOS VEGA

Rol

O-793-2023

Fecha

21 de julio de 2023

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Hechos: En Valdivia el día 14 de febrero del año 2023, alrededor de las 18.17 horas, personal de Carabineros divisó un vehículo, marca Hyundai modelo gran i 10 color rojo, placa patente única LGTW 70, por calle picaflores a gran velocidad no respetando la señal “pare” que había en ese lugar, iniciando una persecución por calle Holzapfer con José Victorino Lastarria. Al acercarse los funcionarios policiales para fiscalizarlas se percatan que la imputada Francisca Sthephanie Oyarzo Quijada lanza un bolso cartera color negro hacia el costado del copiloto quedando semi abierto pudiendo la funcionaria policial visualizar los funcionarios policiales a lo menos 3 envoltorios papel revista que sobre salían del bolso. Asimismo, al solicitarle la documentación a Gabriela Del Carmen Bustos Vega, desde un bolso cartera color damasco, al sacar su cedula, se observó que mantenía envoltorios papel revista. A la revisión se pudo constatar que la imputada Francisca Sthephanie Oyarzo Quijada se encontró 139 envoltorios contenedores de cocaína los que arrojaron un peso bruto de 32 gramos 500 miligramos además de la suma de 122 mil pesos. A su turno, Gabriela Del Carmen Bustos Vega mantenía en su poder 150 envoltorios los que arrojaron un peso de 33 gramos 700 miligramos. La droga incautada era mantenida, guardada, transportada por las imputadas, sin la autorización competente y sin que dichas drogas estuvieran destinadas para el tratamiento médico ni para el consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo de estos. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° 2300175402-5-1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y N°9, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 49, 50, 68, 69, 70 del Código Penal; artículos 297, 340, 342, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 4 y 46 de la Ley 20.000, se declara: Que se

Fundamentos

fundamentos del considerando cuarto de la sentencia. Que las penas corporales y las penas de multa se darán por cumplidas, por el mayor tiempo que se encuentran privadas de libertad en la presente causa, esto es, un total de 157 días, desde el día 14 de febrero del año en curso, en que fueron detenidas y posteriormente en prisión preventiva, hasta el día de hoy, quedando, en consecuencia, un saldo a favor de las sentenciadas de 66 días. Dese orden inmediata de libertad a ambas sentenciadas. En su oportunidad dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese. RUC N° 2300175402-5 RIT N° 793 - 2023 Dirigió la audiencia y resolvió don CARLOS ISAAC ACOSTA VILLEGAS, Juez de Garantía de Valdivia. Código: EXVVXGRXNQP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:oyarzofrancisca19@gmail.com mailto:gb4998729@gmail.com Código: EXVVXGRXNQP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-24T13:27:08-0400

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y N°9, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 49, 50, 68, 69, 70 del Código Penal; artículos 297, 340, 342, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 4 y 46 de la Ley 20.000, se declara: Que se condena a FRANCISCA STHEPHANIE OYARZO QUIJADA, Cédula de Identidad N° 18.436.442-5, domiciliada en calle Ignacio de la Carrera Nº 611, Población Código: EXVVXGRXNQP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Independencia, Valdivia, con forma especial de notificación al correo electrónico oyarzofrancisca19@gmail.com, y a GABRIELA DEL CARMEN BUSTOS VEGA, Cédula de Identidad Nº 20.253.691-3, domiciliada en calle Ignacio de la Carrera Nº 611, Población Independencia, Valdivia, con forma especial de notificación al correo electrónico gb4998729@gmail.com, en calidad de autoras del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación con el artículo 1° de la ley 20.000, en grado de consumado, perpetrado en la ciudad de Valdivia el día 14 de febrero del año 2023, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, más accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, multa a beneficio de la institución prevista en el artículo 46 de la Ley 20.000, ascendente a diez unidades tributarias mensuales y comiso de las especies incautadas para s

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Valdivia, veintiuno de julio de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Hechos: En Valdivia el día 14 de febrero del año 2023, alrededor de las 18.17 horas, personal de Carabineros divisó un vehículo, marca Hyundai modelo gran i 10 color rojo, placa patente única LGTW 70, por calle picaflores a gran velocidad no respetando la señal “pare” que había

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