ANONIMIZADO
Rol
V-78-2023
Fecha
30 de mayo de 2023
Materia
CONVIVENCIA NOTIFICACION CESE
Resultado
No especificado
Hechos
Quilpué, treinta de mayo de dos mil veintitrés. Atendido que la parte solicitante no ha dado cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal con fecha 17 de abril pasado,
Fundamentos
considerando su inactividad y que en definitiva no se logró notificar al cónyuge requerido, se hace efectivo el apercibimiento conferido y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 19.968,
Fallo
se declara INADMISIBLE la solicitud de notificación de cese de convivencia y se ordena el archivo de los antecedentes. Notifíquese a la parte solicitante por correo electrónico. RIT: V-78-2023 Resolvió Juez del Juzgado de Familia de Quilpué, individualizada con la firma electrónica avanzada estampada al pie de esta página. IIC
Texto Completo (Preview)
Quilpué, treinta de mayo de dos mil veintitrés. Atendido que la parte solicitante no ha dado cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal con fecha 17 de abril pasado, considerando su inactividad y que en definitiva no se logró notificar al cónyuge requerido, se hace efectivo el apercibimiento conferido y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 19.968, se declara INADMISIBLE la solici
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