13º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ABEL ESTEBAN LEMUS BRAVO

Rol

O-4711-2021

Fecha

21 de julio de 2023

Materia

AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297, DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El día de julio de , a las : horas aproximadamente el requerido ABEL ESTEBAN LEMUS BRAVO llego hasta el domicilio de la víctima LILIANA CUBILLOS PEREZ ubicado en calle Cuenca N° en la comuna de Peñalolén, en manifiesto estado de ebriedad y luego de gritarle que saliera al exterior, procedió a romper el cierre perimetral de dicho inmueble ocasionando daños avaluados en la suma de $ . (cien mil pesos). No contento con ello, el requerido al ver que no salía la victima hacia al exterior de inmueble, procede a amenazarla de forma seria y verosímil, manifestándole textualmente: “si no sales voy a quemar la casa contigo adentro colombiana culiá maldita, el infierno te va a coger” quedando la victima muy atemorizada ya que cree que el requerido cumpla sus amenazas. Delito y grado de desarrollo Daños Simples, previsto y sancionado en el artículo 48 del Código Penal y el delito de Amenazas, previsto y sancionado en el artículo del citado cuerpo legal, en grado de desarrollo de consumado. Participación Autor. Artículo Nº Código Penal SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don ABEL ESTEBAN LEMUS BRAVO, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor de los delitos consumados de Daños Simples, previsto y sancionado en el artículo 48 del Código Penal y el delito de Amenazas, previsto y sancionado en el artículo del citado cuerpo legal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día de julio de , en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. SENTENCIA EJECUTORIADA. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: XXRCXGXXRQP Este documento tiene firma electrónica

Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don ABEL ESTEBAN LEMUS BRAVO, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor de los delitos consumados de Daños Simples, previsto y sancionado en el artículo 48 del Código Penal y el delito de Amenazas, previsto y sancionado en el artículo del citado cuerpo legal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día de julio de , en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. SENTENCIA EJECUTORIADA. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: XXRCXGXXRQP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XXRCXGXXRQP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-24T13:33:30-0400

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1 1 1- RIT : 11 – 1 IMPUTADO : ABEL ESTEBAN LEMUS BRAVO Cédula de Identidad : . . - Nacionalidad : Chilena Fecha de nacimiento : - - Domicilio : Pasaje ISTMO Nº , Peñalolén PROCEDIMIENTO : Juicio Oral Simplificado Fecha de sentencia : Veintiuno de julio de dos mil veintitrés JUEZ : MYRIAM ANDREA MORA RODRIGUEZ Hechos El día de julio de , a las :

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