Juzgado de Garantía de Talcahuano.

MP C/ CRISTIAN ALEJANDRO ARRATIA FERNÁNDEZ

Rol

O-140-2023

Fecha

22 de julio de 2023

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en el requerimiento, se le libera del pago de las costas de la causa. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, agréguese y archívese en su oportunidad RUC Nº 2300068403-1 RIT Nº 140 - 2023 DICTADA POR ANTONIA GODOY MEDINA, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO. Código: YDXMXGXFXGP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: YDXMXGXFXGP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-23T09:59:21-0400

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos artículo 1, 3, 7, 11 n° 9, 15 n° 1, 21, 30, 49, 51, 70, 432, 456 bis a) del Código Penal; 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 3, 10 y siguientes de la ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a CRISTIAN ALEJANDRO ARRATIA FERNÁNDEZ, 0021062882-7, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y al pago de una multa de Un tercio Unidad Tributaria Mensual, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor en un delito de Receptación de especies de propiedad de Héctor Jara Yáñez, cometido en la comuna de Hualpén el día 17 de enero de 2023 en grado de desarrollo consumado. II.- Que se le tiene por cumplida la pena de multa la que ha sido condenado por la fracción de hora superior a 12 que permaneció privado de libertad en este procedimiento, entre los días 17 y 18 de enero de 2023. III.- Que reuniéndose los requisitos legales se sustituye el cumplimiento de la pena privativa libertad impuesta por la de 81 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social respectivo, el día 14 de agosto próximo entre las 09:00 horas y las 11:00 horas, quedando notificado personalmente en esta audiencia, bajo apercibimiento legal de despacharse orden de detención en su contra si no se presenta de acuerdo a los estipulado en el artícul

Texto Completo (Preview)

Se procede a dictar sentencia por parte del Tribunal, la que se encuentra en forma íntegra en el registro de audio, transcribiéndose sólo la parte resolutiva. Talcahuano, veintidós de julio de dos mil veintitrés. Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos artículo 1, 3, 7, 11 n° 9, 15 n° 1, 21, 30, 49, 51, 70, 432, 456 bis a) del Código Penal; 30, 36, 45, 3

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