MP C/ HANZ YERKO VARGAS ÁGUILA
Rol
O-3925-2022
Fecha
20 de julio de 2023
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL
Resultado
No especificado
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24 y 29 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 2, 9 de la Ley 17 798; artículo 1, 15, 17 y 17 ter de la Ley 18 216, se declara: I.- Que, SE CONDENA a HANZ YERKO VARGAS ÁGUILA, RUN N° - , ya individualizado, como autor del delito consumado de porte Ilegal de armas de fuegos y municiones, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley 17 798,m en relación con el artículo 2° de la misma ley, cometido en Puerto Montt, el día 9 de junio de 2 22 a la PENA de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 15 bis de la Ley N° 18 216, se sustituye al sentenciado, el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile correspondiente al domicilio del condenado y debiendo además cumplir durante el periodo de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c)
Texto Completo (Preview)
Sentencia: Puerto Montt, veinte de julio de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24 y 29 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297
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