MP C/ CRISTIAN ALEJANDRO FUENTES POBLETE
Rol
O-6544-2022
Fecha
18 de julio de 2023
Materia
POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos : “El día 18 de julio de 2022 alrededor de las 23:30 horas, el imputado Cristian Alejandro Fuentes Poblete, en las intersecciones de calle Loncomilla con Santiago, en la comuna de San Bernardo, fue sorprendido por funcionarios policiales, portando a bordo del vehículo en el que transitaba, una pistola sin marca color negro con gris correspondiente a un arma de fogueo adaptada para el disparo, sin contar con las autorizaciones establecidas por la ley de control de armas. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°6, 9, 14, 15 N° 1, 18, 30, 30, 49, 50, 68, 69, 70 del Código Penal; artículos 36, 297, 342 y 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 3 y 14 de la ley 17.798 SE DECLARA: SE DECLARA: I.- Que se condena a CRISTIAN ALEJANDRO FUENTES POBLETE, ya individualizado, como autor del delito de PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA cometido en grado de desarrollo consumado y perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día18/07/2022 a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO Y a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Temuco el día 1/08/2023 y debiendo, además, cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se Código: GXBXGMSMBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl apruebe en su momento y con las condiciones legales de la letras c) del art
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°6, 9, 14, 15 N° 1, 18, 30, 30, 49, 50, 68, 69, 70 del Código Penal; artículos 36, 297, 342 y 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 3 y 14 de la ley 17.798 SE DECLARA: SE DECLARA: I.- Que se condena a CRISTIAN ALEJANDRO FUENTES POBLETE, ya individualizado, como autor del delito de PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA cometido en grado de desarrollo consumado y perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día18/07/2022 a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO Y a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Temuco el día 1/08/2023 y debiendo, además, cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se Código: GXBXGMSMBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl apruebe en su momento y con las condiciones legales de la letras c) del artículo 17 y letra D) del artículo 17 ter de la citada
Texto Completo (Preview)
ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : dieciocho de julio de dos mil veintitrés. Imputado : CRISTIAN ALEJANDRO FUENTES POBLETE, cédula de identidad N° 0021458443-3, fecha de nacimiento 04 de diciembre de 2003, con domicilio en Avenida Huichahue Nº 1299, comuna de Padre de las Casas. Fiscal : ROBINSON ARRIAGADA HIGUERAS. Def
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