TORO/INGENIERÍAS CALAFQUEN SPA
Rol
M-1772-2021
Fecha
25 de enero de 2022
Materia
Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA SOLIDARIA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA SOLIDARIA X SENTENCIA X MEDIDA CAUTELAR X Constancia: Se deja constancia que las demandadas INGENIERÍAS CALAFQUEN SPA y PROMOTION INGENIERIAS SPA, no comparecen a la presente audiencia quedando rebeldes en la misma y se tiene por no contestada la demanda para todos los efectos legales. Escritos pendientes: Al escrito de cumple lo ordenado presentado por el apoderado de la parte demandante, se resuelve: téngase presente datos de conexión y téngase por digitalizada la prueba documental y la minuta de prueba que va a ofrecer el día de hoy. Al escrito de acompaña documentos presentado por el apoderado de la demandada solidaria SERVICIO DE SALUD ATACAMA, se resuelve: téngase por cumplido lo ordenado. Al escrito de acompaña minuta de prueba presentado por el apoderado de la demandada solidaria SERVICIO DE SALUD ATACAMA, se resuelve: téngase por acompañada y digitalizada. Contestación a la demanda: La parte demandada solidaria SERVICIO DE SALUD ATACAMA contesta demanda interpuesta en autos, como consta íntegramente en audio. El Tribunal tiene por evacuado el traslado conferido y tiene por contestación de demanda. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce. El Tribunal propone como bases de conciliación la suma de $500.000, para llegar a acuerdo con el Servicio de Salud de Atacama. La parte demandante y la demandada Servicio de Salud de Atacama no aceptan las bases propuestas por el Tribunal. Fija hechos controvertidos: 1) Existencia del vínculo laboral entre la parte demandante y el demandado INGENIERÍAS CALAFQUEN SPA. En su caso, función desempeñada, período de servicios y remuneración percibida. 2) En la afirmativa del punto anterior, fechas y circunstancias en que culm
Fundamentos
fundamentos esgrimidos en la presente sentencia. IV. Que se rechaza en lo demás la presente demanda. V. Que no se condena en costas a la parte demandada por no resultado totalmente vencida. VI. Ejecutoriada que se ala presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día, en caso contrario se dará inicio a su ejecución de acuerdo a lo establecido en el artículo 462 del Código del Trabajo. Se ordena el registro y el archivo de la presente causa en su oportunidad, quedando válidamente notificadas las partes de las resoluciones dictadas en la presente audiencia, en especial de la sentencia definitiva. Medidas cautelares: El Tribunal decreta medidas cautelares respecto de la parte empleadora INGENIERÍAS CALAFQUEN SPA, RUT: 76.984.466-K, quien parece con operaciones vigentes en el BANCO DE CRÉDITOS E INVERSIONES, ordenándose oficiar a dicha entidad bancaria a fin de que informe si dicha empresa mantiene dineros a su favor, ya sea en cuentas corriente u otro tipo de operaciones y en el caso que sea efectivo se proceda a la retención de hasta la suma de $1.212.925, suma cuantificable hasta este minuto y se ordena también oficiar al BANCO BICE a fin de que informe si PROMOTION INGENIERIAS SPA, RUT: 76.154.572-8, mantiene operaciones vigentes, dineros a su favor y se proceda a la retención de hasta la suma antes indicada. Dichas medidas se ordena que sean notificadas a las entidades bancarias por la unidad respectiva del Tribunal, debiendo dejarse constancia en la causa respecto del cumplimiento de las mismas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña ANDREA SOLER MERINO, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintisiete de junio de dos mil diecinueve.
Fallo
se resuelve: téngase presente datos de conexión y téngase por digitalizada la prueba documental y la minuta de prueba que va a ofrecer el día de hoy. Al escrito de acompaña documentos presentado por el apoderado de la demandada solidaria SERVICIO DE SALUD ATACAMA, se resuelve: téngase por cumplido lo ordenado. Al escrito de acompaña minuta de prueba presentado por el apoderado de la demandada solidaria SERVICIO DE SALUD ATACAMA, se resuelve: téngase por acompañada y digitalizada. Contestación a la demanda: La parte demandada solidaria SERVICIO DE SALUD ATACAMA contesta demanda interpuesta en autos, como consta íntegramente en audio. El Tribunal tiene por evacuado el traslado conferido y tiene por contestación de demanda. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce. El Tribunal propone como bases de conciliación la suma de $500.000, para llegar a acuerdo con el Servicio de Salud de Atacama. La parte demandante y la demandada Servicio de Salud de Atacama no aceptan las bases propuestas por el Tribunal. Fija hechos controvertidos: 1) Existencia del vínculo laboral entre la parte demandante y el demandado INGENIERÍAS CALAFQUEN SPA. En su caso, función desempeñada, período de servicios y remuneración percibida. 2) En la afirmativa del punto anterior, fechas y circunstancias en que culminaros los servicios por la parte demandante para su ex empleador. 3) Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social reclamada
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 25 DE ENERO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 15 VIRTUAL RUC 21-4-0347583-9 RIT M-1772-2021 MAGISTRADO ANDREA SOLER MERINO ADMINISTRATIVO DE ACTAS MARIA JOSE DOMINGUEZ ANDRADES HORA DE INICIO 10.18 HRS. HORA DE TÉRMINO 11.23 HRS. N° REGISTRO DE AUDIO 21403
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