TORRUELLA/
Rol
V-443-2020
Fecha
24 de septiembre de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 15 de mayo de 2020, siendo las 12:18 horas, don FRANCISCO JOSE BUSTAMANTE RIFFO, chileno, abogado, domiciliado en Topater N° 2283, Villa Caspana, Calama, en representación de don JACOB ALBERTO TORRUELLA PLACENCIA, chileno, divorciado, cirujano dentista, cédula de identidad N° 8.943.556-0, domiciliado en Travesía de la Playa N° 02.961, departamento 203, Jardines del Sur, Antofagasta, solicitó la constitución de una concesión minera de exploración, de sustancias concesibles en terrenos abiertos e incultos, de una superficie total de 300 hectáreas, a la que denominó “CATALINA OCHO F”, cuyo punto medio se sitúa en la Provincia de El Loa, comuna de Calama, Segunda Región y tiene las siguientes coordenadas U.T.M. AL NORTE 7.633.500,00 metros; AL ESTE 509.000,00 metros. SEGUNDO: Que el referido pedimento fue inscrito con fecha 26 de mayo de 2020, a fojas 2141 bajo el Nº 1394, en el registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, correspondiente al año 2.020. TERCERO: Que con fecha 15 de junio de 2020, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería en la edición N° 42.681, CVE 1771658, el cual se encuentra agregado a la carpeta electrónica. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 3.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, y las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración en trámite son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) PM 7.633.500,00 509.000,00 V1 7.635.000,00 508.500,00 V2 7.635.000,00 509.500,00 V3 7.632.000,00 509.500,00 V4 7.632.000,00 508.500,00 QUINTO: Que, mediante ordinario N° 5410, de fecha 15 de septiembre de 2020, el Servicio de Geología y Minería, informa sin observaciones, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, concluyendo que ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes, 55, 57, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería; y 42 del Reglamento del cuerpo legal citado, resuelvo: I.- Declarar CONSTITUIDA la concesión de exploración “CATALINA OCHO F”, sobre una superficie total de 300 hectáreas, a favor de JACOB TORRUELLA PLACENCIA antes individualizada y APROBAR el plano. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Inscríbase esta sentencia constitutiva dentro del plazo de 120 días que dispone el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de es
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FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-443-2020 CARATULADO : TORRUELLA/ Calama, veinticuatro de Septiembre de dos mil veinte VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 15 de mayo de 2020, siendo las 12:18 horas, don FRANCISCO JOSE BUSTAMANTE RIFFO, chileno, abogado, domiciliado en Topater N° 2283, Villa Caspana, Calama, en represent
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