ESCALANTE CON DEMASTER SPA
Rol
M-2998-2021
Fecha
25 de enero de 2022
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADAS OFRECEN E INCORPORAN PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, DEMANDADAS X SENTENCIA X Se proveen escritos pendientes: Al escrito “cumple lo ordenado” presentado por Stryker Corporation Chile y Cía Limitada: téngase por cumplido lo ordenado. Al escrito “patrocinio y poder” presentado por Stryker Corporation Chile y Cía Limitada: se tiene presente el patrocinio y poder, documentos, delegación y la forma de notificación. Al escrito “cumple lo ordenado” presentado por Stryker Corporation Chile y Cía Limitada con fecha de hoy: sin perjuicio de haberse realizado la presentación fuera del plazo que establece el Tribunal, se tiene por cumplido lo ordenado. Al escrito de digitalización de documentos de la parte demandante: sin perjuicio de haberse realizado la presentación fuera del plazo que establece el Tribunal, se tiene por cumplido lo ordenado. Desistimiento: La parte demandante se desiste de la demanda duplicada en la causa RIT M-3008-2021 tramitada en el Segundo Juzgado De Letras del Trabajo de Santiago. El Tribunal lo tiene presente. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce. Contestación a la demanda: Las demandadas contestaron la demanda de autos, constando íntegramente en el registro de audio. Fija hechos controvertidos: 1) Fecha de inicio de la relación laboral entre la demandante y Demaster SpA. 2) Remuneración pactada y efectivamente percibida por la demandante. 3) Efectividad de haber sido despedida la demandante el día 30 de septiembre de 2021 en forma verbal. 4) Estado de pago de las cotizaciones previsionales de la demandante. 5) Efectividad de adeudarse a la demandante el feriado que reclama. 6) Tiempo de duración del trabajo en régimen de subcontratación para la demandada Stryker Corporation Chile y Cía Limitada. 7) Si la demandada soli
Fundamentos
Fundamentos íntegros en registro de audio. Exhibición de documentos: La parte demandante solicita a la demandada principal la exhibición de los siguientes documentos: 1) Certificado de cotizaciones previsionales de la vigencia de la relación laboral correspondiente a la demandante: Fonasa y AFC. Ante la no exhibición, la parte demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento legal. El Tribunal lo hace efectivo, sin perjuicio del valor que se le otorgue en la sentencia definitiva. Testimonial: Declararon, previo juramento o promesa, los siguientes testigos: 1. Yeiber Vallenilla Escalante, pasaporte venezolano N° 27659256 2. Richard Rivas Escalante, cédula nacional de identidad n° 26.295.148-0 La parte demandada principal ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Contrato de trabajo de Milagros Escalante con Servicios Acora SpA. 2. Contrato de trabajo de Milagros Escalante con Demaster SpA. 3. Liquidación de sueldo de Milagros Escalante de abril de 2021 con Servicios Acora SpA. 4. Liquidaciones de sueldo de Milagros Escalante desde julio de 2021 a septiembre de 2021 con Demaster SpA. 5. Certificado de pago cotizaciones previsionales. 6. Chat de whatsapp entre Milagros y Cristian Riquelme dueño de la empresa Demaster, en donde consta que ella dejó de asistir al trabajo por estar a prueba en otro lugar. 7. Contrato de trabajo de Eutico Diplan Ferreira, a quien Demaster transfería el sueldo en las cuentas de familiares de Milagros Escalante, como consta en las conversaciones sostenidas entre Cristian Riquelme y doña Milagros. La prueba documental no fue objetada ni de fondo ni de pertinencia. La parte demandada Stryker Corporation y Compañía Limitada y Servicios Acora SpA ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Contrato de prestación de servicios titulado “maestro de servicios” suscrito entre Stryker Corporation y Compañía Limitada y Servicios Acora SpA con fecha 18 de enero de 2019, junto con sus correspondientes anexos y adendas. 2. Cesión de contrato “maestro de servicios” suscrito entre Servicios Acora SpA (cedente), Demaster SpA (cesionaria) y Stryker Corporation y Compañía Limitada con fecha 28 de abril de 2021. 3. Certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales o F30 correspondientes al periodo comprendido entre marzo y septiembre de 2021, ambos meses inclusive. La prueba documental no fue objetada ni de fondo ni de pertinencia. Observaciones a la prueba: Las partes realizaron las observaciones a la prueba rendida en juicio. Sentencia: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: Visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 446 y siguie
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña Milagro Margarita Escalante Díaz número de pasaporte venezolano 140341472 interpuesta en contra de DEMASTER SPA declarándose injustificado el despido del que fuera objeto el día 30 de septiembre del año 2021 teniéndose por terminada la relación laboral de acuerdo a lo que dispone el artículo 161 del Código del Trabajo, esto es necesidades de la empresa, y como consecuencia de ello se condena a pagar las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por $520.218.- b) 6,93 días de feriado proporcional por $120.170.- c) Se rechaza la demanda en cuanto a las demás prestaciones solicitadas. II. Que se condena a la demandada STRYKER CORPORATION CHILE Y CIA. LTDA. a pagar en forma subsidiaria de la demandada de DEMASTER SPA las prestaciones indicadas en lo resolutivo primero a la demandante Milagro Margarita Escalante Díaz. III. Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. IV. Cada parte pagará a sus costas. V. Cúmplase con lo dispuesto en esta sentencia dentro del quinto día que quede ejecutoriada bajo apercibimiento de enviar los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Regístrese y archívese en su oportunidad y téngase a las partes por notificadas de la sentencia dictada en forma íntegra en el registro de audio para efectos del cómputo de los plazos para
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA 25 DE ENERO DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA SALA VIRTUAL 8 RUC 21-4-0374985-8 RIT M-2998-2021 MAGISTRADA MARÍA TERESA QUIROZ ALVARADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS FRANCISCO GUERRERO RETAMALES HORA DE INICIO 11:34 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:38 HORAS N° R
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica