MORAGA FERNANDEZ CARLOS
Rol
V-59-2019
Fecha
23 de septiembre de 2020
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Primero. De la solicitud de autorizaci n judicial para donar.ó Que a folio 1, rectificada a folio 13, comparece don Marcos Magasich Airola, abogado, en representaci n de don ó Carlos Oscar Moraga Fern ndezá , ingeniero agr nomo, ambosó domiciliados, para estos efectos, en calle Prat N 725, oficina 214, Valpara so, quienº í solicita autorizaci n para que su representado pueda donar por mera liberalidad eó irrevocablemente, a su hija, do a ñ Carla Eugenia Moraga Cavallone, soltera, periodista, c dula nacional de identidad y Rut n mero 15.5664.269-3, domiciliada ené ú Rodrigo de Triana 4260, Las Condes, Santiago. Refiere que su representado tiene intenci n de donar o remitir, por meraó liberalidad e irrevocablemente, a su hija, Carla Eugenia Moraga Cavallone, ya individualizada, el 20% de la sociedad Inversiones y Rentas Santa Catalina Limitada, derechos valorizados en $190.000.000, equivalentes a 3.874,94 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) al mes de julio de 2019. Indica que don Carlos Moraga Fern ndez y do a Carla Moraga Cavallone,á ñ constituyeron por escritura p blica de 19 de diciembre de 1991, la sociedad Inversionesú y Rentas Santa Catalina Limitada. Dicho contrato se celebr ante el Notario deó Valpara so, don Gast n Gauch Toromoreno, suplente del titular Alfonso D az Sang ezaí ó é í ü y fue inscrita en extacto, a fojas 9 n mero 4 en el Registro de Comercio delú Conservador de Bienes Ra ces y de Comercio de Quillota, correspondiente al a o 1992.í ñ Agrega que dicha sociedad se modific por escritura p blica de 17 de diciembreó ú de 2004, otorgada ante Notario de Valpara so, don Marcos Andr s D az Le n. Extractoí é í ó de ella, se inscribi a fojas 220 n mero 185 del Registro de Comercio del Conservadoró ú de Bienes Ra ces y de Comercio de Quillota, correspondiente al a o 2003. í ñ Indica que por escritura de modificaci n de sociedad de 23 de julio de 2015,ó celebrada ante Notario de Valpara so, Sergio Arturo Arze Roman , suplente del titularí í Marcos
Fundamentos
motivos de trabajo, hace un poco m s de dos a os, sabe que no tiene hijos menores de edad a los que sostener, yá ñ no tiene otras cargas que soportar. Indic que le consta porque en su calidad deó abogada, tom conocimiento que el patrimonio del solicitante asciende a un monto queó supera los mil ochocientos millones de pesos, y que el efectuar la donaci n de derechosó sociales a su hija por el monto indicado, no afectar mayormente su patrimonio ni leá impedir dejar de solventar sus obligaciones personales, y tampoco le privaran de losá bienes necesarios para su subsistencia, de un modo correspondiente a su condici n yó posici n social.ó La segunda testigo expuso que conoce al solicitante hace aproximadamente dos a os en virtud de su trabajo. Se al que es empresario y que no tiene hijos menores deñ ñ ó edad a los que sostener y no tiene otras cargas que soportar. Le consta de conformidad al oficio que desarrolla, que el patrimonio del solicitante supera los mil ochocientos millones de pesos, y que el hecho de efectuar la donaci n de derechos sociales a su hijaó por el monto indicado en autos, no afectar a mayormente su patrimonio ni le impedir aí í dejar de solventar sus obligaciones personales, as como tampoco le privaran de losí bienes necesarios para su subsistencia, de un modo correspondiente a su condici n yó posici n social. ó Cuarto. Del informe del defensor p bicoú Que en el folio 21, consta el informe del Sr. Defensor P blico, quien estima, conforme a los antecedentes de la causa,ú procede conceder autorizaci n judicial a donó Carlos Moraga Fern ndez, para donar a suá hija, do añ Carla Eugenia Moraga Cavallone, el 20% de la sociedad Inversiones y Rentas Santa Catalina Limitada, derechos valorizados en $190.000.000, equivalentes a 3.874,94 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) al mes de julio de 2019, previa enunciaci n de sus cargas familiares de conformidad con lo prevenido en el art culo 889ó í N 4, del C digo de Procedimiento Civil. ° ó Quinto. Del Oficio remitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n. ó Que al folio 43,44, 48 y 49 consta el oficio recibido del Servicio de Registro Civil e Identificación, el que da cuenta que el solicitante se encuentra divorciado, que tiene 5 hijos, siendo stos é 1.- Carla Eugenia Moraga Cavallone, c dula de identidad 15.564.279-3.é 2.- Carlos Oscar Moraga Cavallone, c dula de identidad 16.574.872-7.é 3.- Catalina Paz Moraga Cavallone, c dula de identidad 16.610.377-0.é 4.- Camila Alexandra Moraga Hidalgo, c dula de identidad 17.697.849-K.é 5.- Carlos Oscar Moraga Tapia, c dula de identidad 20.794.842-K.é Sexto. Del pago del impuesto establecido en la Ley N 16.271. ° Con fecha 12 de marzo de 2020, se tuvo por acompa ado el certificado de pago del impuesto a lasñ donaciones N 82, emitido por el Servicio de Impuestos Internos con fecha 9 de marzo° de 2020, por lo que se tendr presente el pago del impuesto referido precedentemente.á S ptimo. De la solicitud. é Que respecto a la solicitud de au
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto por los artículos 1386, 1401 y siguientes del Código Civil, y artículos 819, 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil, y artículos 1 ° y siguientes de la Ley N ° 16.271, se declara: I.- Que se autoriza a don Carlos Oscar Moraga Fern ndez,á a donar o remitir, a título gratuito y por mera liberalidad, el 20% de la sociedad Inversiones y Rentas Santa Catalina Limitada, derechos valorizados en $190.000.000, equivalentes a 3.874,94 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) al mes de julio de 2019, a su hija Carla Eugenia Moraga Cavallone, c dula de identidad 15.564.279-3.é II.- Que se tiene por pagado el impuesto que grava la donaci n, conforme aló m rito del certificado emitido por el Servicio de Impuestos Internos.é Anótese, regístrese, notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Dict ó Carmen Gloria Vargas Morales, Juez del Cuarto Juzgado Civil de Valparaíso. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valparaiso, veintitr s de Septiembre de dos mil veinte.- é Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficia
Texto Completo (Preview)
FOJA: 52 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : V-59-2019 CARATULADO : MORAGA FERNANDEZ CARLOS Valparaiso, veintitr s de Septiembre de dos mil veinte é Vistos: Primero. De la solicitud de autorizaci n judicial para donar.ó Que a folio 1, rectificada a folio 13, comparece don Marcos Magasich Airola, abogado, en representaci n de don ó Carlos Osc
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica