Juzgado de Garantía de San Fernando.

HECTOR ANDRES CABRERA JARA C/ JUAN CARLOS SALINAS HERNANDEZ

Rol

O-3676-2020

Fecha

13 de julio de 2023

Materia

CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: San Fernando, trece de julio de dos mil veintitrés. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Que, por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 Nº 6, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 50, 61 y siguientes, art. 70, del Código Penal; Ley 18.290, Ley 18.216 y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a don JUAN CARLOS SALINAS HERNANDEZ, cédula de identidad 0007900510-K, chileno, se ignora profesión u oficio, domiciliado en Villa Las Américas, Pje. Las Bahamas Nº 709, Rengo, a sufrir, una pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y la pena accesoria de SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE TRES MESES, por su responsabilidad como autor del delito de CONDUCION BAJO AL INFLUENCIA DEL ALCOHOL, previsto y sancionado en el artículo 193, en relación al artículo 110 de la ley 18.290, en grado de consumado, hecho cometido en la comuna de San Fernando, el día 10 de abril del año 2020. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha realizado en los hechos materia del requerimiento, no se le condenará en costas, por haber ahorrado costos al Erario Nacional. III.- Que para el pago de la pena de multa impuesta se le concede el plazo de 10 días, a contar de mañana para el pago de la multa, debiendo acreditar el pago ante el Tribunal. Que, en el evento que el sentenciado careciere de bienes para la satisfacción de la multa sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose esta en un día de privación de libertad por cada tercio de unidad tributaria mensual a que ha sido condenado u otra forma alternativa que oportunamente solicite la defensa, como prestación de servicios en beneficios de la comunidad. Código: JJXQXGKQLJL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.p

Fallo

por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 393 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1, 3, 5, 7, 11 Nº 6, 15 N°1, 18, 21 y siguientes, 50, 61 y siguientes, art. 70, del Código Penal; Ley 18.290, Ley 18.216 y demás normas aplicables en la especie, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a don JUAN CARLOS SALINAS HERNANDEZ, cédula de identidad 0007900510-K, chileno, se ignora profesión u oficio, domiciliado en Villa Las Américas, Pje. Las Bahamas Nº 709, Rengo, a sufrir, una pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y la pena accesoria de SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE TRES MESES, por su responsabilidad como autor del delito de CONDUCION BAJO AL INFLUENCIA DEL ALCOHOL, previsto y sancionado en el artículo 193, en relación al artículo 110 de la ley 18.290, en grado de consumado, hecho cometido en la comuna de San Fernando, el día 10 de abril del año 2020. II.- Que en atención a la admisión de responsabilidad que ha realizado en los hechos materia del requerimiento, no se le condenará en costas, por haber ahorrado costos al Erario Nacional. III.- Que para el pago de la pena de multa impuesta se le concede el plazo de 10 días, a contar de mañana para el pago de la multa, debiendo acreditar el pago ante el Tribunal. Que, en el evento que el sentenciado careciere de bienes para la satisfacción de la multa sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose esta en un día de privación de libertad por cada tercio

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AUDIENCIA DE CONTROL DE DETENCION CON SENTENCIA trece de julio de dos mil veintitrés Ruc: 2000372304-7 Rit: 3676 - 2020 Hora Inicio: 13:38 Hora Término: 13:50 Imputado: JUAN CARLOS SALINAS HERNANDEZ C.I. N° 0007900510-K Comparece: SI Domicilio: Calle LAS BAHAMAS Nº 709, RENGO. Fiscal: ERIKA SOFÍA DEL CARMEN BAEZA CASTILLO Defensor Privado: CARLOS DANTE ARELLANO PINO Reg. Aud./Trans.: M. Cristina

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