Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ HERNALDO ALEJANDRO MARTÍNEZ CÉSPED

Rol

O-1407-2022

Fecha

13 de julio de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: El 23 de julio del 2022, alrededor de las 11:30 horas, el imputado Heraldo Martínez Césped, ingresó al supermercado Santa Isabel ubicado en Manuel Montt N° 1561 de la comuna de Villa Alemana y con ánimo de lucro sustrajo diversas especies que ocultó entre sus vestimentas para luego traspasar las cajas registradoras sin cancelar el valor de dichas especies avaluadas en la suma de $41.780 pesos. Y según lo dispuesto en el artículo 1ro, 7mo, 14, 15, 18, 21, 25 y 446 N° 3 del Código Penal; artículos 47, 48, 297, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: 1.- Que se absuelve al imputado HERALDO MARTINEZ CÉSPED, cédula de identidad N° 16.331.570-K, de la acusación de ser autor del delito de Hurto Simple previsto y sancionado en el art. 446 N° 3 del Código Penal. 2.- Que no se condena en costas para el Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el art. 48 del Código Procesal Penal, estimando que tuvo motivo plausible para litigar en esta causa. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Que se dejan sin efecto toda medida cautelar decretada. RUC Nº - , R.I.T. N° - .- Resolvió doña DANIELA ALEJANDRA RODRIGUEZ NIÑO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: THGXXGEXSDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: THGXXGEXSDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-13T13:29:27-0400

Fallo

se declara: 1.- Que se absuelve al imputado HERALDO MARTINEZ CÉSPED, cédula de identidad N° 16.331.570-K, de la acusación de ser autor del delito de Hurto Simple previsto y sancionado en el art. 446 N° 3 del Código Penal. 2.- Que no se condena en costas para el Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el art. 48 del Código Procesal Penal, estimando que tuvo motivo plausible para litigar en esta causa. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Que se dejan sin efecto toda medida cautelar decretada. RUC Nº - , R.I.T. N° - .- Resolvió doña DANIELA ALEJANDRA RODRIGUEZ NIÑO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: THGXXGEXSDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: THGXXGEXSDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-13T13:29:27-0400

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, trece de julio de dos mil veintitrés. HECHOS: El 23 de julio del 2022, alrededor de las 11:30 horas, el imputado Heraldo Martínez Césped, ingresó al supermercado Santa Isabel ubicado en Manuel Montt N° 1561 de la comuna de Villa Alemana y con ánimo de lucro sustrajo diversas especies que ocultó entre sus vestimentas para luego traspasar las caj

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica