MINISTERIO PUBLICO C/ BRANDON DILAY SEVERINO TORRES
Rol
O-2518-2022
Fecha
12 de julio de 2023
Materia
DAÑOS CALIFICADOS.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de don BRANDON DILAY SEVERINO TORRES, cédula de identidad N° 21.588.389-2, domiciliado en Pasaje Moana Nº 534, Sector El Alba, Belloto Sur, comuna de Quilpué. La audiencia se desarrolló con la presencia del fiscal adjunto, don Hernán Silva Satta, con domicilio y formas de notificación ya registradas en el Tribunal, del mencionado imputado y de su abogado defensor, doña Jacqueline Astorga Peñailillo, con domicilio y formas de notificación también ya registradas en el Tribunal. En el requerimiento se imputó la calidad de autor, en un ilícito de DAÑOS, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, en grado consumado. El hecho imputado en el requerimiento consistió en que el día 18 de agosto del año 2022, alrededor de las 15:15 horas, el imputado se encontraba en el interior de la estación El Sol, del Metro de Valparaíso, ubicada en calle Aviador Acevedo N° 2140, Quilpué, efectuando daños en una escalera de la referida estación, realizando un rayado con pintura tipo spray, color negro, a una cámara de seguridad del lugar, para posteriormente realizar un rayado en los muros de la misma estructura que rayó , manifestando en esos rayados lo siguiente: “Los azules no están ni ahí con los robos y los tones”, para posteriormente tomar un vagón en dirección a la estación El Belloto, donde activó sin justificación el freno de emergencia y en dicho lugar se bajó, procediendo a realizar nuevos daños a las dependencias del Metro Valparaíso con un nuevo rayado en esta estación, en el cual señaló: “por el pico los de azules”, en los muros de la estación, saliendo hacia el sector sur del lugar donde fue Código: XKMNXGQHNCK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl retenido por un guardia de seguridad y posteriormente entregado a Carabineros. Los daños que afectar
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE a don BRANDON DILAY SEVERINO TORRES, cédula de identidad N° 21.588.389-2, del requerimiento que lo tuvo como autor del delito de DAÑOS, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, en grado consumado, hecho que habría ocurrido en esta jurisdicción con fecha 18 de agosto del año 2022, en el territorio jurisdiccional de este tribunal.- II.- Que, cada parte soportará sus costas. Ejecutoriado que sea el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RUC N° 2200805383-2 RIT N° 2518 - 2022 Dictada por don MILENKO GRBIC MIRANDA, Juez de Garantía. Código: XKMNXGQHNCK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-13T12:45:36-0400
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO RUC N° : 2200805383-2 RIT N° : 2518 - 2022 DELITO : DAÑOS SENTENCIADO : BRANDON DILAY SEVERINO TORRES Quilpué, doce de julio de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de don BRANDON DILAY SEVERINO TORRES, cédula de identidad N° 21.588.389-2,
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