7º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ NN

Rol

O-4108-2021

Fecha

11 de julio de 2023

Materia

SAQUEO

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 18 de octubre 2020, aproximadamente a las 16: 00 horas, en el marco de manifestaciones sociales que ocurrían en los alrededores, en el contexto de una convocatoria masiva que conmemoraba el inicio del estallido social denominado 18 O , los imputados MATIAS GIORDAN VERÁ SEREY, DIEGO ANDRES MORALES LEIVA, FABIAN ALEJANDRO MEZA CHAVEZ, VALENTINA TYHARE FIGUEROA FIGUEROA, CONSTANZA JAVIERA MARTÍNEZ RAMIREZ, y MIGUEL ALFONSO CARO MACHUCA, todos previamente concertados y movilizándose a bordo del automóvil PPU FGDH-74 que era conducido por el imputado Fabián Alejandro Meza Chávez concurrieron hasta las inmediaciones de calle Diagonal Paraguay nro. 208, lugar donde encuentra el local comercial SPACIO 1, tienda de conveniencia de propiedad de ESMAX DISTRIBUCIÓN SpA. Una vez en el lugar aprovechándose de la alteración del orden público y amparándose de éste, además de encontrarse vigente estado de catástrofe decretado por el Sr. Presidente de la República, se dirigieron hasta el mencionado local comercial al que previamente un grupo de personas no identificadas le habían fracturado y roto puertas y muro ingresando al local , por vía no destinada al efecto los imputados MATIAS GIORDAN VERÁ SEREY, DIEGO ANDRES MORALES LEIVA, y MIGUEL ALFONSO CARO MACHUCA quienes una vez al interior del local, procedieron a destruir el mobiliario y la infraestructura de la tienda y sustrajeron especies que se encontraban al interior del establecimiento comercial, principalmente productos a la venta tales como cigarros, botellas de alcohol, chocolates y otros confites, así como dinero de la caja del local que se encontraban dentro de la tienda de conveniencia. Todo ellos mientras el imputado FABIAN ALEJANDRO MEZA CHAVEZ en compañía de las imputadas VALENTINA TYHARE FIGUEROA Código: YHSQXGNDTWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl FIGUEROA y CONSTANZA JAVIERA MARTÍNEZ RAMIREZ, se encontraban en el exterior vigilando

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a VALENTINA TYHARE FIGUEROA FIGUEROA, ya individualizada, a la pena TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO y a las accesorias de inhabilitación absoluta o perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos mientras dure la condena, por su responsabilidad como AUTORA de un delito de SAQUEO, previsto y sancionado en el artículo 449 Quater en relación con el artículo 442 nro. 1 y 449 Ter del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el 18 de octubre 2020, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 15 y 15 bis de la Ley 18.216, se le sustituye la pena privativa impuesta por la libertad vigilada intensiva por el tiempo de la pena privativa de libertad, debiendo presentarse ante el Centro de Reinserción Social San Fernando de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio y cumplir durante el periodo de observación con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento. Se deja constancia que la condenada no registran abonos y que en el evento que la sanción sustitutiva sea revocada, los condenados deberá cumplir integra y efectivamente la pena privativa de libertad o en su caso se le reemplazará por una sustitutiva de mayor intensidad o se impondrá la intensificación de las condiciones decretadas. Comuníquese en su oportunidad a Gendarmería de Chile la pena sustitutiva impuesta. Se fija audi

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIEN Abreviado. FECHA: Santiago., once de julio de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: FREDDY ANTONIO CUBILLOS JOFRE RUC: 2001073768-1 RIT: 4108 - 2021 IMPUTADA: VALENTINA TYHARE FIGUEROA FIGUEROA C.I. 0019994304-9 DELITOS SAQUEO ARTICULO 449 Quater en relación con el artículo 442 nro. 1 y 449 Ter del Código Penal PARTICIPACIÓ Autores G. DE DESA

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