Juzgado de Garantía de Punta Arenas.

JAVIER ALEJANDRO GUZMAN NAHUELHUEN C/ LUIS ARNOLDO MOLINA MENDOZA

Rol

O-1514-2023

Fecha

11 de julio de 2023

Materia

LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 16 de mayo de 2023, a eso de las 14:30 horas aproximadamente, LUIS ARNOLDO MOLINA MENDOZA quien se encuentra privada de libertad en el centro de cumplimiento penitenciario de esta ciudad, ubicado en avenida Circunvalación Nº2080, sin haber una discusión o provocación anterior con el también interno Carlos Muñoz Cárcamo lo agrede golpeándolo en la cabeza con un palo cuando este último hizo ingreso al tercer piso del módulo C1 del recinto penitenciario, provocándole lesiones leves, consistentes en una contusión occipital, conforme al informe de salud del complejo penitenciario. Transcripción de las citas legales y parte resolutiva de la sentencia dictada en audiencia y que se encuentra en el registro de audio del tribunal. Punta Arenas, once de julio de dos mil veintitrés. Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7,14 N°1, 15 N°1, 22, 30, 49, 50, 68, 69, 70, 494 N°5 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a don LUIS ARNOLDO MOLINA MENDOZA, cédula de identidad N°21 4 3 113-3, como autor de la FALTA consumada, contemplada en el artículo 494 N°5 del Código Penal, a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. Código: WFRXGFPVPJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Respecto de la pena de multa impuesta, en virtud del artículo 70 del Código Penal, el tribunal le concede CUATRO (04) MESES para el pago de ella. Si el imputado no pagare la multa o no tuviere bienes suficientes, se procederá a la conversión del artículo 49 y siguientes del Código Penal. Teniendo presente que el condenado se encuentra privado de libertad, las cuotas se harán exigibles una vez que éste recupere su libertad para todos los efectos legales de rigor. III.- El tribunal le exime expresamente del pago de las costas dada la admisión de responsabilidad, ahorránd

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7,14 N°1, 15 N°1, 22, 30, 49, 50, 68, 69, 70, 494 N°5 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que se CONDENA a don LUIS ARNOLDO MOLINA MENDOZA, cédula de identidad N°21 4 3 113-3, como autor de la FALTA consumada, contemplada en el artículo 494 N°5 del Código Penal, a la pena de MULTA DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. Código: WFRXGFPVPJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Respecto de la pena de multa impuesta, en virtud del artículo 70 del Código Penal, el tribunal le concede CUATRO (04) MESES para el pago de ella. Si el imputado no pagare la multa o no tuviere bienes suficientes, se procederá a la conversión del artículo 49 y siguientes del Código Penal. Teniendo presente que el condenado se encuentra privado de libertad, las cuotas se harán exigibles una vez que éste recupere su libertad para todos los efectos legales de rigor. III.- El tribunal le exime expresamente del pago de las costas dada la admisión de responsabilidad, ahorrándole costos al erario nacional. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y guárdese copia autorizada y archívese en su oportunidad. RUC: Nro 2300571371-4 RIT: Nro 1514-2023 Pronunciada por don RICARDO LARENAS BUSTOS, Juez Titular del Juzgado de Gara

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Contra: LUIS ARNOLDO MOLINA MENDOZA, cédula de identidad N°21 4 3 113-3, domiciliado en Calle Circunvalación General Ramón Cañas Montalva Nº2080, comuna de Punta Arenas, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas. Hechos: El día 16 de mayo de 2023, a eso de las 14:30 horas aproximadamente, LUIS ARNOLDO MOLINA MENDOZA quien se encuentra privada de liber

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