CÉSPEDES/
Rol
V-76-2020
Fecha
17 de septiembre de 2020
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en folio 1, comparece don Eugenio Benjamín Céspedes Valenzuela, jubilado, Rut N° 7.700.258-8, domiciliado en 23 Poniente número 5.624, 5° Sector, Gómez Carreño, Comuna de Viña del Mar, Quinta Región, quien solicita en procedimiento voluntario, sobre negativa del Conservador de Bienes Raíces, se ordene inscribir al referido Conservador de Villa Alemana, en el Registro de Propiedad del mismo, el bien inmueble ubicado en Villa Alemana, Avenida Quinta número cero cuatrocientos treinta y siete. Funda su solicitud señalando que con fecha 23 de abril de 2.020, ante doña Paulina Alejandra Sotomayor Graepp, abogado, Notario público titular de Villa Alemana, celebro en calidad de adjudicatario por una parte y por otra parte en calidad de vendedores y en representación de los mismos doña Irlanda Abadie Delgado, en su calidad de juez Arbitro en autos Rol C-838-2016 del Juzgado de Letras en lo Civil de Villa Alemana, una Escritura Pública de Adjudicación en Remate en Juicio Arbitral sobre el inmueble ubicado en Villa Alemana, Avenida Quinta número cero cuatrocientos treinta y siete, según se señala en la cláusula primera de la Escritura de Adjudicación referida. Indica que con fecha 5 de mayo de 2.020, se ingresó al Conservador de Bienes Raíces de esta comuna a objeto de practicar la inscripción de la Escritura Pública de Adjudicación, siendo observada al siguiente tenor: "Conforme a inscripción de fojas 206 número 352 del año 2015, don Carlos Silvio Martínez Pereira, reconoce derechos vigentes objeto de la compraventa en remate." Constando aquello en caratula de ingreso número 70729. Expone el solicitante, que se reingreso la misma Escritura Pública a través del abogado facultado para aquello con fecha 13 de mayo de 2020 reiterando la inscripción de la Escritura Pública de adjudicación, argumentando lo siguiente: a) Que con fecha 4 de julio del 2011 ante el Notario Público titular don Gabriel Ogalde Rodríguez, don Carlos Silvio Martínez Pereira cedió sus derechos hereditarios a doña Lidia Magdalena Martínez Saavedra. Los derechos hereditarios cedidos comprendían especialmente aquellos que le correspondería al cedente sobre la propiedad ubicada en Villa Alemana, Avenida Quinta n° 437. b) Que la inscripción especial de herencia a favor de doña Lidia Magdalena Martínez Saavedra, Carlos Elías Martínez Saavedra, Pablo Alejandro Martínez Saavedra y doña Sandra Paola Martínez Jiménez rola a fojas 1553 vuelta, número 2421 del Registro de Propiedad del año 2019. En la misma y como nota marginal se certifica lo siguiente "Que conforme a minuta y certificado de posesión efectiva de fecha 29 de mayo de 2019, que dejo agregado bajo los números 2386 y 2387 con esta fecha en el registro de documentos a mi cargo, se modifica la inscripción del centro en el sentido de señalar que se excluye como heredero de la causante a don Carlos Silvio Martínez Perelra, Rut N° 2.189.859-7 por haber cedido sus derechos hereditarios a favor de doña Lidia Magda
Fallo
por tanto desde aquel momento no ostenta derecho alguno sobre el inmueble ubicado en Av. Quinta n° 0437 de esta ciudad, sea por ser heredero de doña Rosa Saavedra Iturrieta ni mucho menos de doña Bernardita Iturrieta Mondaca. Finaliza exponiendo que al no existir fundamento plausible para negarse el Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad a la inscripción, excede expresamente las facultades concedidas por nuestro legislador como afecta su derecho de propiedad sobre el bien heredado, por cuanto no puede hacer disposición del mismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces, solicita se ordene practicar la inscripción respectiva. SEGUNDO: Que para fundamentar, el solicitante acompañó a su solicitud los siguientes medios probatorios: 1.- Escritura Pública de adjudicación en remate en Juicio Arbitral, suscrito ante el Notario Público doña Paulina Sotomayor Graepp, de fecha 23 de abril de 2020. 2.- Declaración sobre enajenación e inscripción de Bienes Raices, ante el Servicio de Impuestos Internos de Chile, de fecha 28 de abril de 2020. 3.- Minuta complementaria y aclaratoria de adjudicación en remate en Juicio Arbitral, de fecha 13 de mayo de 2020. 4.- Certificado de defunción de don Carlos Silvio Martínez Pereira, emitido por el Registro Civil e Identificaciones de Chile. 5.- Copia de Escritura de Cesión de Derechos Hereditarios entre don Carlos Martínez Pereira como cedente y como cesionario a Doña Lidia Martínez Saa
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FOJA: 9 .- Nueve .- Rol N° : V-76-2020 SOLICITANTE : EUGENIO BENJAMIN CESPEDES VALENZUELA MATERIA : RECLAMO NEGATIVA CONSERVADOR Villa Alemana, diecisiete de septiembre de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en folio 1, comparece don Eugenio Benjamín Céspedes Valenzuela, jubilado, Rut N° 7.700.258-8, domiciliado en 23 Poniente número 5.624, 5° Sector, Gómez Carreño, Comuna de Viña
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