Juzgado de Garantía de Rengo.

MP C/ JUAN RAMÓN MORALES SILVA

Rol

O-951-2023

Fecha

10 de julio de 2023

Materia

CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día seis de abril a las doce veintinueve horas aproximadamente, el imputado JUAN MORALES SILVA conducía por calle Bernales altura N° 200, comuna de Malloa, en el vehículo marca Chevrolet placa patente única ww1899, manteniendo su licencia de conductor suspendida por sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Rengo con fecha trece de abril del año 2022, en causa Rit 3431-2021, que se suspendió la licencia de conducir del imputado por dos años. Modificatoria de responsabilidad. Artículo 11 N°9 del Código Penal. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en las normas pertinentes del Código Penal, del Código Procesal Penal; Ley 18.290; Ley 18.216 y demás preceptos legales atingentes, SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a JUAN RAMON MORALES SILVA, cédula de identidad N° 16.223.345-9, por su participación en calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado durante la vigencia de una suspensión de su licencia de conducir del artículo 209 del Código Penal, a sufrir una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena conforme al artículo 30 del Código Penal y multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. Código: RGBTXGMLYNM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electr

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a JUAN RAMON MORALES SILVA, cédula de identidad N° 16.223.345-9, por su participación en calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo motorizado durante la vigencia de una suspensión de su licencia de conducir del artículo 209 del Código Penal, a sufrir una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena conforme al artículo 30 del Código Penal y multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. Código: RGBTXGMLYNM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos que establece el artículo 8º de la ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna, de 8 horas, la forma o determinación del modo de esta pena sustitutiva se determinara posteriormente a través de una audiencia posterior donde la defensa debe hacer llegar

Texto Completo (Preview)

“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica