MP C/ PATRICIO ANDRÉS NORAMBUENA AHUMADA
Rol
O-7346-2022
Fecha
8 de julio de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 15 de diciembre del año 2022, aproximadamente a las 01:20 horas, el acusado PATRICIO ANDRÉS NORAMBUENA AHUMADA, a viva fuerza fracturó la puerta de ingreso, de madera, del establecimiento comercial Mammamia, ubicado en La Recova, calle Cienfuegos N° 370, locales 201 y 202, La Serena, ingresando y sustrayendo desde el interior 07 botellas de vino de diferentes marcas, 01 botella de licor de menta, 03 botellas de whisky de diferentes marcas, 01 chaqueta de cuero, y $7.650 en dinero efectivo, de propiedad del establecimiento, especies con las cuales se dio a la fuga y mantenía en su poder, aproximadamente a las 01:30 horas, en el sector de la intersección de calle Rengifo y calle Brasil, La Serena”. POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los
Fundamentos
considerando grabados íntegramente en el registro de audio N° 2201257904-0-929-230708-00-10-7346 SENTENCIA, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 2201257904-0 RIT Nº: 7346-2022 DELITO: Robo en lugar no habitado SENTENCIADO: PATRICIO ANDRÉS NORAMBUENA AHUMADA Código: LNXDXGXESQH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Vistos:
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 n° 9, 14, 24, 30, 432, 442 n°1, 449 del Código Penal; artículos 45 y siguientes, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 10 y siguientes de la ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a PATRICIO ANDRÉS NORAMBUENA AHUMADA, ya individualizado, como autor de un delito de robo con fuerza en lugar no destinado a la habitación, en grado de desarrollo de consumado, cometido en la ciudad de La Serena el día quince de diciembre del año dos mil veintidós, a sufrir la pena de CIEN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas por haber admitido responsabilidad, lo que ha significado ahorro de recursos fiscales. II.- Reuniendo el sentenciado las exigencias del artículo 10 de la ley 18.216, se concede la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad la cual se regula en 133 horas, de modo tal que el condenado deberá cumplir la pena sustitutiva en el Centro de Reinserción Social más cercano a su domicilio, debiendo presentarse en el plazo que le indicará, bajo apercibimiento de si no lo hace, se le podrá despachar en su contra orden de detención. Se apercibe al sentenciado que el no cumplimiento de la pena sustitutiva dará lugar al quebrantamiento, y en su caso se dispondrá el cumplimiento efectivo de la pena inicialmente impuesta, sirviendo de abono para este
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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, ocho de julio de dos mil veintitrés. Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez JEANETTE OLIVA CANALES Fiscal Wladimir Robles Santos Defensor Scarlett Charlot Pino Espinoza Imputado Patricio Andrés Norambuena Ahumada, cédula nacional de identidad N° 15.457.401-8, domiciliado en Eloísa Díaz 0744, Block Q, Depto 13, San Bernardo. Sala Sala 1 Acta transcrip
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