7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CRISTOPHER ALEJANDRO CALDERÓN VALDEBENITO

Rol

O-705-2023

Fecha

5 de julio de 2023

Materia

AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297, DAÑOS SIMPLES., HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL)., ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos 1 : Con fecha 17 de enero de 2023, siendo aproximadamente las 04.30 horas de la madrugada, los imputados previamente concertados, ingresaron al interior de la farmacia de nombre “Farmacias del Barrio”, ubicada en calle Ricardo Cumming N° 476, comuna de Santiago, mediante descerrajamiento de la cortina metálica, en cuyo interior procedieron a sustraer las siguientes especies; 2 acondicionadores marca Head&Shoulders; 3 jarabes para la tos Flemex; 3 shampoo marca Pantene; 1 desodorante marca Nivea Men; 3 cremas faciales marca Cerave; 3 desodorantes marca Axe; 1 crema de mano marca Gold Cream; 4 cremas Lechuga y 3 cremas Treatrical, especie que ocultaron en una mochila que mantenía el imputado Calderón Valdebenito, para luego darse a la fuga al advertir la presencia de personal municipal. Hecho 2 El día 19 de Agosto del año 2021, a las 11:20 horas aproximadamente, el imputado CARLOS ALBERTO OYARZÚN CISTERNAS concurrió hasta el local comercial de nombre Rowen, ubicado en calle San Pablo N° 3101, comuna de Santiago, lugar desde el cual sustrajo seis mangas de papel higiénico avaluados en la suma de 17 mil pesos, huyendo del lugar con las especies sustraídas. Luego el imputado regresa al local comercial, en el cual, mediante la utilización de un elemento contundente, amenazó de manera seria y verosímil a la víctima Leonardo Mamani Bautista a quien le señaló “voy a venir con mis amigos y te voy a pegar, te voy a cortar, te estaré esperando a la salida”, para luego, el imputado golpear un ventanal del local con un elemento contundente, rompiéndolo, ocasionando daños avaluados en la suma de 80 mil pesos SE DECLARA: Código: BXXHXGMXYGH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, se condena a CARLOS ALBERTO OYARZÚN CISTERNAS, ya individualizada, a cumplir LA PENA ÚNICA DE 169 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que duren la

Fallo

SE DECLARA: Código: BXXHXGMXYGH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, se condena a CARLOS ALBERTO OYARZÚN CISTERNAS, ya individualizada, a cumplir LA PENA ÚNICA DE 169 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que duren las condenas, por su responsabilidad como AUTORA de los siguientes delitos de Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal en grado de ejecución FRUSTRADO, Hurto falta previsto y sancionado en el artículo 494 bis del código penal, el delitos de daños previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal y el delito de amenazas previsto y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal en grado de ejecución de CONSUMADO, hechos ocurrido en la comuna de Santiago, los días 17 de enero de 2023 y 19 de agosto de 2021. II.- Que, la pena corporal impuestas se le tienen por cumplida con el mayor tiempo en que la sentenciada ha permanecido privada de libertad con motivo de esta causa en razón de la medida cautelar de prisión preventiva a saber, desde el día 17 de enero de 2023. III.- Que, habiendo admitido responsabilidad en este procedimiento simplificado se exime a la imputada de pagar las costas de este procedimiento atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. IV.- Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago., cinco de julio de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE RUC: 2300066150-3 RIT: 705 – 2023 IMPUTADO: CARLOS ALBERTO OYARZÚN CISTERNAS C.I. 0019312322-8 DELITO Dos delitos de Robo en lugar no habitado ARTICULO Artículo 442 N°1 del Código Penal PARTICIPACIÓN AUTORA G. DE DESARROLLO CONSUM

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