Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ EDUARDO JUVENAL GAJARDO MUÑOZ

Rol

O-3-2023

Fecha

23 de junio de 2023

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE 1° Que el Ministerio Público dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de EDUARDO JUVENAL GAJARDO MUÑOZ, cédula nacional de identidad N° 0016948446-5, domiciliado en calle Rio Quino Nº 681, villa Los Ríos, Temuco; y en audiencia, el Fiscal Carlos Jorquera, para facilitar aceptación realizó rebaja a la pretensión punitiva, solicitó la imposición de una pena de 21 días de prisión, dos unidades tributarias mensuales, suspensión de licencia de conducir por el plazo de 2 años, accesorias legales y costas, como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad ocasionando daños y a la pena de 1 UTM y suspensión de licencia de conducir por 1 mes, como autor del delito de huir del lugar del accidente; por los hechos perpetrados el día 31 de diciembre 2022. Para lo anterior, invocó las atenuantes del artículo 11 Nº 6 y 9 del Código Penal. 2° Que el imputado, asesorado por la Defensora Penal Publica, Danae Castro, admitió responsabilidad en los hechos. 3° Que la defensa solicitó la sustitución de la pena corporal, por la de remisión condicional. Además, solicitó rebajar las penas pecuniarias a un sexto de unidad tributaria mensual y tenerlas por cumplidas, con cargo al día de su detención y posterior control. Mientras que sobre la licencia de conducir solicitó plazo para su entrega. Por último, solicitó aplicación del artículo 38 de la Ley 18.216. Código: DXTWXGYGGSG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4° Que los hechos expuestos por el Ministerio Público, sobre los cuales recayó la admisión de responsabilidad del imputado, permiten tener por acreditado que El día de ayer 31 de diciembre 2022 alrededor de las 21:25 horas en circunstancias que la víctima don Nicolás Alarcón Arias, conducía el Station Wagon marca Hyundai, placa patente FY RW 71 por Avenida Caupolicán de Norte a Sur y para luego cruzar la intersección de Claudio Vicuña

Fallo

se declara: I.- Que se acoge el requerimiento promovido por el Ministerio Público, sólo en cuanto se condena a EDUARDO JUVENAL GAJARDO MUÑOZ, ya individualizado, a cumplir una pena de veintiún días de prisión en su grado medio, multa de 2 unidades tributarias mensuales, suspensión de licencia de conducir por dos años y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de conducción en estado de ebriedad ocasionando daños; a la pena de multa de 1 unidad tributaria mensual, suspensión de licencia de conducir por un día, como autor de un delito de huir del lugar del accidente. Hechos perpetrados el día 31 de diciembre 2022, en esta ciudad, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeta al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Temuco, por el lapso de Código: DXTWXGYGGSG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya i

Texto Completo (Preview)

Temuco, veintitrés de junio de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE 1° Que el Ministerio Público dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de EDUARDO JUVENAL GAJARDO MUÑOZ, cédula nacional de identidad N° 0016948446-5, domiciliado en calle Rio Quino Nº 681, villa Los Ríos, Temuco; y en audiencia, el Fiscal Carlos Jorquera, para facilitar aceptación realizó rebaja a la

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica