FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ BRIALLAN JERMAHIN CHÁVEZ CORNEJO
Rol
O-2811-2021
Fecha
4 de julio de 2023
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 16 de noviembre de 2021, alrededor de las 16:50 hrs., funcionarios de Carabineros fiscalizaron al imputado BRIALLAN JERMAHIN CHÁVEZ CORNEJO en calle Marcelino Champagnat con calle Alicante, Villa Alemana, quien conducía una motocicleta sin patente, percatándose posteriormente que mantenía encargo vigente por el delito de robo denunciado mediante parte N° 546 emanado de la Subcomisaria de Carabineros Las Vizcachas y que mantenía el imputado, conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen ilícito y la denuncia previa, además de mantener una llave no original. Y vistos, además lo dispuesto, en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15 N°1, 18, 25, 30, 50, 67, 69, 70 y 456 bis A del Código Penal; Artículos 47, 297, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y ley 18.216: SE DECLARA: I.- Que se condena a BRIALLAN JERMAHIN CHÁVEZ CORNEJO, cédula de identidad Nro. 17.274.721-3, a sufrir la pena corporal de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de dos unidades tributarias mensuales y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de Receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, perpetrado en grado de consumado, el día 16 de noviembre de 2021, en esta ciudad de Villa Alemana. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Quilpué por 541 días, y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería, ya individualizado, dentro del plazo de 30 días, constados desde que estuvie
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a BRIALLAN JERMAHIN CHÁVEZ CORNEJO, cédula de identidad Nro. 17.274.721-3, a sufrir la pena corporal de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de dos unidades tributarias mensuales y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de Receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, perpetrado en grado de consumado, el día 16 de noviembre de 2021, en esta ciudad de Villa Alemana. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Quilpué por 541 días, y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería, ya individualizado, dentro del plazo de 30 días, constados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada, el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad impuesta o, en su Código: FSTWXGYWDYH Este d
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Sentencia en procedimiento abreviado Villa Alemana, cuatro de julio de dos mil veintitrés.- La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Los Hechos: El día 16 de noviembre de 2021, alrededor de las 16:50 hrs., funcionarios de Carabineros fiscalizaron al imputado BRIALLAN JERMAHIN CHÁVEZ CORNEJO en calle Marcelino Champa
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