1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MUÑOZ/TRANSPORTES SANTA SOFÍA LIMITADA

Rol

M-2758-2021

Fecha

20 de enero de 2022

Materia

Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS - · CONCILIACION (llamado) X · 1. TOTAL - · 2. PARCIAL - · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA - · OFRECE E INCORPORA PRUEBA - · 1. RECLAMANTE - · A. DOCUMENTAL - · B. CONFESIONAL - · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) - · 1. RECLAMADA - · A. DOCUMENTAL - · B. CONFESIONAL - · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) - · OBSERVACIONES A LA PRUEBA - · SENTENCIA X SE DEJA CONSTANCIA: Que, la parte reclamada Transportes Santa Sofía Limitada Rut N° 76.771.530-7, no comparece a la presente audiencia, habiendo reclamado en su oportunidad de resolución dictada en autos y que motiva la audiencia de rigor en este procedimiento, y que se encuentra válidamente notificada. Que, existe escrito pendiente por resolver, el que se provee por el tribunal en este acto. Al escrito cumple lo ordenado parte demandante: Téngase presente. Solicitud que indica: La demandante, solicita se condene en costas a la demandada por su no comparecencia.

Fundamentos

Fundamentos constan en audio. Tribunal resuelve: Se tendrá presente. RELACION DE LOS HECHOS: Se dan por reproducidos al tenor de la demanda. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Se tiene por evacuado el traslado en rebeldía de la demandada. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. A objeto de evitar vicios de nulidad del procedimiento, se procede al llamado de conciliación de rigor. El Tribunal propone como base de acuerdo la suma equivalente al 70% de lo demandado. Se tiene por frustrada la conciliación atendida la no comparecencia del demandado. No existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos que el tribual pueda evaluar se procede a dictar sentencia. SENTENCIA: Se deja constancia que la Sentencia dictada en audiencia se encuentra íntegramente registrada en el audio correspondiente y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 del acta 71-2016, se procede a transcribir sólo la parte resolutiva. Santiago, a dieciocho de enero del año 2022 Vistos, oídos y considerandos PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doña KARINA DEL CARMEN MUÑOZ MUÑOZ, Rut N° 17.229.442-1, con domicilio en Santa Inés N° 3515, casa 122, comuna de San Bernardo, representada por la abogada doña Lorena Andrea Aedo Rivera, de la oficina de defensa laboral, con domicilio en San Pablo N° 1224 de la comuna de Santiago, quien demanda a TRANSPORTES SANTA SOFÍA LIMITADA Rut N° 76.771.530-7, representada legalmente por don Alexis Ramón Yáñez Alvarado, con domicilio ambos, en Compañía N° 1068, oficina 1005, comuna de Santiago. Visto además lo dispuesto en los artículos 500 y siguientes del Código del Trabajo

Fallo

SE DECLARA: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña KARINA DEL CARMEN MUÑOZ MUÑOZ, en contra de TRANSPORTES SANTA SOFÍA LIMITADA y se condena al demandado al pago de los $ 180.000, descontados indebidamente del finiquito a la trabajadora. II. Las sumas ordenadas pagar, devengarán los reajustes e intereses contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. III. Se condena en costas a la demandada, las que se regulan Transportes Santa Sofía Limitada, en la suma de $ 50.000. IV. Las sumas antes señaladas deberán pagarse dentro de quinto día desde que quede ejecutoriado el fallo. En caso que se certifique el no pago deberán remitirse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional correspondiente. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene por notificadas a las partes por estado diario. Rijan a partir de este momento los plazos para la interposición de los eventuales recursos que se puedan interponer en contra de la sentencia dictada en estos antecedentes. RIT : M-2758-2021 RUC : 2140368776-3-1348 Dirigió la audiencia doña ANDREA ALEJANDRA ILIGARAY LLANOS, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 18 enero 2022, Santiago RUC 21-4-0368776-3 RIT M-2758-2021 CARATULADO MUÑOZ/TRANSPORTES SANTA SOFÍA LIMITADA MAGISTRADO ANDREA ALEJANDRA ILIGARAY LLANOS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Lorena Beatriz Pérez Donoso HORA DE INICIO 12:25 HORA DE TERMINO 12:35 SALA Sala virtual 11 (5.3) Nº REGI

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