ANONIMIZADO
Rol
C-346-2023
Fecha
23 de mayo de 2023
Materia
DIVORCIO DE COMUN ACUERDO
Resultado
No especificado
Hechos
Quilpué, veintitrés de mayo de dos mil veintitrés. A LO PRINCIPAL: Por cumplido lo ordenado. AL OTROSÍ: Estese a lo que se resolverá. Resolviendo a folio 1: A LO PRINCIPAL, PRIMER y SEGUNDO OTROSÍES: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitud. AL TERCER y CUARTO OTROSÍES: Téngase presente patrocinio y poder. AL QUINTO OTROSÍ: Como se pide a la forma especial de notificación. Quilpué, veintitrés de mayo de dos mil veintitrés.
Fundamentos
Considerando: 1° Que comparecen don Darío y doña Ninoska, solicitando se declare terminado por divorcio de...
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Quilpué, veintitrés de mayo de dos mil veintitrés. A LO PRINCIPAL: Por cumplido lo ordenado. AL OTROSÍ: Estese a lo que se resolverá. Resolviendo a folio 1: A LO PRINCIPAL, PRIMER y SEGUNDO OTROSÍES: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968 incorporado por la Ley 21.394, y habiéndose acompañado antecedentes suficientes para formarse convicción, se resolverá de plano la solicitu
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