Juzgado de Garantía de Valdivia.

MP C/ MARCELO ANTONIO FLÁNDEZ FILOZA

Rol

O-480-2023

Fecha

5 de julio de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACIÓN . ART. 433, 436 INC. 1

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El 24 de enero de 2023 alrededor de las 13 horas, en calle Santiago Dervis, esquina Las Gallinetas, comuna de Valdivia, Mauricio Escárate y Marcelo Flandez, montados en una motocicleta, abordaron a Roberto Uribe, amenazándolo con un arma de fogueo y diciéndole “entrégame todas las weás conchetumadre”, por lo que don Roberto le entrego 8 mil pesos y su teléfono celular. Escárate y Flandez se dieron a la fuga en la motocicleta, con las especies en su poder”. La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N° - , de la misma fecha de la sentencia y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y 9, 14, 15, 18, 21, 24, ,29, 432, 436 y 449 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 15 bis, 24 y 38 de la Ley N°18.216, se declara: I.- Se condena a Marcelo Antonio Flández Filoza, C.I. N°21.256.051-0 , nacido el 13 de marzo de 2003, domiciliado en Pablo Neruda Nº 348, Población Libertad, Valdivia, correo electrónico cheloflande@gmail.com y a Mauricio Fernando Escárate Rebolledo, C. I. N°21.835.142-5, nacido el 4 de noviembre de 2004, domiciliado en Avenida Alameda N°214, Sector 5, Popeta, Melipilla, Región Metropolitana, F.E.N. correo electrónico hijoamado2004@gmail.com, a sufrir cada uno de ellos la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena, por su responsabilidad como autores del delito de robo con intimidación, ejecutado con fecha 24 de enero de 2023, en la comuna de Valdivia, en perjuicio de Roberto Alexis Uribe Huenchur. Código: VHSXXGGFZXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Se concede a los sentenciados Marcelo Antonio Flández Filoza y

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y 9, 14, 15, 18, 21, 24, ,29, 432, 436 y 449 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 340, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 15 bis, 24 y 38 de la Ley N°18.216, se declara: I.- Se condena a Marcelo Antonio Flández Filoza, C.I. N°21.256.051-0 , nacido el 13 de marzo de 2003, domiciliado en Pablo Neruda Nº 348, Población Libertad, Valdivia, correo electrónico cheloflande@gmail.com y a Mauricio Fernando Escárate Rebolledo, C. I. N°21.835.142-5, nacido el 4 de noviembre de 2004, domiciliado en Avenida Alameda N°214, Sector 5, Popeta, Melipilla, Región Metropolitana, F.E.N. correo electrónico hijoamado2004@gmail.com, a sufrir cada uno de ellos la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena, por su responsabilidad como autores del delito de robo con intimidación, ejecutado con fecha 24 de enero de 2023, en la comuna de Valdivia, en perjuicio de Roberto Alexis Uribe Huenchur. Código: VHSXXGGFZXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Se concede a los sentenciados Marcelo Antonio Flández Filoza y Mauricio Fernando Escárate Rebolledo la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, debiendo someterse a un programa de actividades orientado a s

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Valdivia, cinco de julio de dos mil veintitrés Hechos: “El 24 de enero de 2023 alrededor de las 13 horas, en calle Santiago Dervis, esquina Las Gallinetas, comuna de Valdivia, Mauricio Escárate y Marcelo Flandez, montados en una motocicleta, abordaron a Roberto Uribe, amenazándolo con un arma de fogueo y diciéndole “entrégame todas las weás conchetumadre”, por

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