TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL TALAGANTE

C/ JENARO CRISTIAN PÉREZ FERNÁNDEZ

Rol

O-74-2023

Fecha

4 de julio de 2023

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos en que se funda la acusación son los siguientes: “El día 23 de febrero de 2021 a las 00:50 horas aproximadamente, en ruta 78 a la altura del kilómetro 50, de la comuna de El Monte, funcionarios de carabineros efectuaban un control vehicular selectivo y procedieron a fiscalizar al acusado JENARO CRISTIAN PEREZ FERNANDEZ, quien conducía el automóvil marca Mercedes Benz, color blanco, año 2013, placa patente única FJKG-48, el cual mantenía encargo por el delito de hurto simple, según parte denuncia N° 1261, de fecha 23 de febrero de 2021, denuncia realizada por la víctima ante la 25°comisaría de Maipú, el acusado, quien conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen, procede a darse a la fuga, siendo alcanzado y detenido por personal policial.” A juicio de Fiscalía los hechos descritos configuran el delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado. Correspondiendo participación al acusado Pérez en calidad de autor conforme al artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Por último, el persecutor solicita se condene al acusado a las siguientes penas: 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, más las accesorias del artículo 29 del Código Penal, esto es la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena y multa de 50 UTM. En su alegato de apertura el representante del Ministerio Público destaca que el vehículo en cuestión, que conducía el imputado al momento de este control vehicular, había sido sustraído dentro del mismo día, en otra comuna, que la dirección que traía el vehículo de desplazamiento era compatible con el lugar donde había sido sustraído, porque fue controlado en la Tenencia Carreteras de Melipilla, a la altura de la comuna de El monte, y venía desde Maipú donde había ocurrido la sustracción denunciada. Aclara que, en el auto de apertura, en la par

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante video conferencia, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante, integrada por el juez presidente de sala don Jorge Cataldo Aedo, y las juezas doña Jessica Cofré Hidalgo y doña Marisel Canales Moya, se llevó a efecto el día 29 de junio pasado, la audiencia de juicio oral en causa rol interno del Tribunal Nº 74- 2023, seguida en contra de JENARO CRISTIAN PÉREZ FERNÁNDEZ, cédula de identidad N° 13.291.612-8, nacido en Santiago el 10 de enero de 1977, soltero, técnico en construcción y técnico en telecomunicaciones, con domicilio en calle Sergio Ceppi Nº 0274, comuna de La Cisterna. Es parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público representado por el fiscal don Heriberto Reyes Carrasco, estando la defensa del acusado a cargo del defensor penal público don José Zárate Villa. Todos con correo electrónico y forma de notificación registrado en el tribunal. Segundo: Que los hechos en que se funda la acusación son los siguientes: “El día 23 de febrero de 2021 a las 00:50 horas aproximadamente, en ruta 78 a la altura del kilómetro 50, de la comuna de El Monte, funcionarios de carabineros efectuaban un control vehicular selectivo y procedieron a fiscalizar al acusado JENARO CRISTIAN PEREZ FERNANDEZ, quien conducía el automóvil marca Mercedes Benz, color blanco, año 2013, placa patente única FJKG-48, el cual mantenía encargo por el delito de hurto simple, según parte denuncia N° 1261, de fecha 23 de febrero de 2021, denuncia realizada por la víctima ante la 25°comisaría de Maipú, el acusado, quien conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen, procede a darse a la fuga, siendo alcanzado y detenido por personal policial.” A juicio de Fiscalía los hechos descritos configuran el delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado. Correspondiendo participación al acusado Pérez en calidad de autor conforme al artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Por último, el persecutor solicita se condene al acusado a las siguientes penas: 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, más las accesorias del artículo 29 del Código Penal, esto es la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena y multa de 50 UTM. En su alegato de apertura el representante del Ministerio Público destaca que el vehículo en cuestión, que conducía el imputado al momento de este control vehicular, había sido sustraído dentro del mismo día, en otra comuna, que la dirección que traía el vehículo de desplazamiento era compatible con el lugar donde había sido sustraído, porque fue controlado en la Tenencia Carreteras de Melipilla, a la altura de la comuna de El monte, y venía desde Maipú donde había ocurrido la sustracción denunciada. Aclara que, en el auto de apertura, en la parte que indica la fuga al momento de realizars

Fallo

Por estas consideraciones y, vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3 y 456 bis A del Código Penal; y artículos 45, 47 inciso final, 295, 297, 340, 341, 342, 343, 344 y 347 del Código Procesal Penal; y ley 20.568, se declara: I. Que se absuelve a JENARO CRISTIAN PÉREZ FERNÁNDEZ, ya individualizado, de la acusación que pesaba en su contra como autor de un delito de receptación de vehículo motorizado, en grado consumado, supuestamente acaecido el día 23 de febrero de 2021, en la comuna de El Monte. II. Que no se condena en costas al Ministerio Público conforme a lo señalado en el considerando undécimo de esta sentencia. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 20.568, en su oportunidad oficiándose al efecto al Servicio Electoral. Ejecutoriada que sea esta sentencia, remítase copia autorizada al Juzgado de Garantía de Talagante. A contar de esta fecha se entiende notificada la presente sentencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 346 del Código Procesal Penal. Redactó la sentencia la magistrada doña Jessica Cofré Hidalgo. Regístrese y archívese en su oportunidad. RUC N° . . . - RIT N° - SENTENCIA DICTADA POR LA SALA DEL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE TALAGANTE, INTEGRADA POR LOS JUECES TITULARES DON JORGE CATALDO AEDO Y DOÑA MARISEL CANALES MOYA, Y SUBROGANDO LEGALMENTE LA MAGISTRADA DOÑA JESSICA COFRE HIDALGO. No firma la presente sentencia la magistrada Cofré Hidalgo por haber retornado a su tribunal de origen -Tribuna

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TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE TALAGANTE Contra JENARO CRISTIAN PÉREZ FERNÁNDEZ RUC - RIT - DELITO RECEPTACION DE VEHICULO MOTORIZADO Talagante, cuatro de julio de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante video conferencia, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante, integrada por el juez presidente de sala don Jo

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