MP C/ JORGE ANDRÉS HERNÁNDEZ SOTO
Rol
O-1278-2021
Fecha
23 de junio de 2023
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia del requerimiento, ahorrándole así recursos y tiempo al Estado, y por además estar representado por la Defensoría Penal Pública. Oportunamente dese cumplimiento a lo ordenado en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, publíquese virtualmente y archívese en su oportunidad. RUC 2110041514-0 RIT 1278 - 2021 Sentencia Dictada por ANDRÉS EUGENIO VILLARROEL ROMAN, Juez (S) del Juzgado de Garantía de Yungay. "Todo lo actuado, fundamentado y resuelto en la presente audiencia, se encuentra íntegramente registrado en el correspondiente sistema de audio, único instrumento válido de conservación y registro de audiencia al tenor de lo dispuesto en el artículo 39 del Código Procesal Penal”. Código: GYZHXGMLNXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-04T09:13:07-0400
Fundamentos
Considerando: Resolutiva:
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a JORGE ANDRÉS HERNÁNDEZ SOTO, cédula de identidad N° 16.497.693-9, domiciliado en calle Ignacio Carrera Pinto N° 210, comuna de Yungay, en su calidad de autor y en grado de ejecución consumado, por el delito de receptación, ilícito cometido el día 08 de septiembre del año 2021 en la comuna de Yungay, territorio jurisdicional de este tribunal, a la pena de CUARENTA Y UN DÍA (41) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, más la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de duración de la condena, a la multa de UN TERCIO (1/3) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que reuniéndose a su respecto las exigencias de la Ley 18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad impuesta, por la de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, por las horas que correspondan, para ello el sentenciado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Chillán, con domicilio en calle El Roble N° 976, 978 de la ciudad de Chillán, dentro del plazo de cinco días desde que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Ofíciese al efecto. Si la pena sustitutiva no podrá extenderse por más de ocho horas diarias de prestación de servicio, la cual deberá ser compatible con la actividad laboral o estudiantil que el condenado acredite o desarrollare. El delegado de Gendarmería de Chile, encargado de gestionar el cumplimiento de la pena sustitutiva, deberá inform
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SENTENCIA: Yungay, veintitrés de junio de dos mil veintitrés. Vistos, Oído y Considerando: Resolutiva: SE DECLARA: I.- Que se condena a JORGE ANDRÉS HERNÁNDEZ SOTO, cédula de identidad N° 16.497.693-9, domiciliado en calle Ignacio Carrera Pinto N° 210, comuna de Yungay, en su calidad de autor y en grado de ejecución consumado, por el delito de receptación, ilícito cometido el día 08 de septiembre
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