Juzgado de Garantía de Quilpué.

MINISTERIO PUBLICO C/ BORIS VICENTE BALLADARES BALLADARES

Rol

O-406-2023

Fecha

28 de junio de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de don BORIS VICENTE BALLADARES BALLADARES, cédula de identidad N° 15.716.861-4, domiciliado en Pasaje 1° de Mayo, Casa F-2, Población Gabriela Mistral, Forestal, comuna de Viña del Mar. La audiencia se desarrolló con la presencia del Ministerio Público representado por doña Claudia Ruiz Jofré, con domicilio y formas de notificación ya registradas en el Tribunal, de la víctima, del mencionado imputado y de su abogada defensora, doña Nadia Garay Vera, con domicilio y formas de notificación también ya registradas en el Tribunal. En el requerimiento se imputó la calidad de autor, en un ilícito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, , en grado frustrado. El hecho imputado en el requerimiento consistió en que el día 07 de febrero del año 2023, aproximadamente a las 11:5 horas, el imputado Boris Vicente Balladares Balladares, ingresó hasta el supermercado Líder, ubicado en Avenida Freire 1351, Quilpué, y una vez en su interior con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, procedió a tomar cinco frascos de café contenedor de 200 gramos, marca Nescafé, los cuales ocultó en una bolsa ecológica de color negro que portaba, para posteriormente traspasar las cajas registradoras sin pagar el valor de las especies, el que ascendía a la suma de $42.100.- SEGUNDO: Que la acusación penal que entabló el Ministerio Público de esta ciudad en contra del acusado de este juicio, se Código: LEVHXGZMXHD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl fundamenta en los hechos indicados, los que califica jurídicamente, atribuye el grado de participación del encartado en aquéllos, señala la concurrencia de causales modificatorias de responsabilidad, y solicita las penas a imponer. TERCERO: Que el Ministerio Público en sus argumentaciones prelimina

Fallo

SE DECLARA: Código: LEVHXGZMXHD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, se ABSUELVE a don BORIS VICENTE BALLADARES BALLADARES, cédula de identidad N° 15.716.861-4, del requerimiento que lo tuvo como autor del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en grado frustrado, hecho que habría ocurrido en esta jurisdicción con fecha 07 de febrero del año 2023, en el territorio jurisdiccional de este tribunal.- II.- Que, cada parte soportará sus costas. Ejecutoriado que sea el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código. Regístrese y archívese, en su oportunidad. RUC N° 2300148191-6 RIT N° 406-2023 Dictada por don MILENKO GRBIC MIRANDA, Juez de Garantía. Código: LEVHXGZMXHD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-30T09:33:54-0400

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO : JUICIO ORAL SIMPLIFICADO RUC N° : 2300148191-6 RIT N° : 406-2023 DELITO : HURTO SIMPLE. SENTENCIADO : BORIS VICENTE BALLADARES BALLADARES Quilpué, veintiocho de junio de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta audiencia, se conoció y resolvió el requerimiento en procedimiento simplificado deducido en contra de don BORIS VICENTE BALLADARES BALLADARES, c

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