BANCO FALABELLA/MORETTI
Rol
C-24296-2019
Fecha
10 de septiembre de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1, comparece Lorena Francisca Collao Opazo, abogada, domiciliada en Avenida Libertador General Bernardo O Higgins N 949, oficina 1901, comuna de’ º Santiago, en representaci n judicial de Banco Falabella, sociedad an nima bancaria,ó ó representada convencionalmente por Joaqu n Rolf D az Blasberg, ingeniero civilí í industrial, y Valeria Hall, soci loga, todos domiciliados en calle Moneda N 970, piso 7,ó º comuna de Santiago e interpone demanda ejecutiva en contra de Tom s Felipe Morettiá Norambuena, ignora profesi n u oficio, domiciliado en Lenka Franulic N 15614,ó ° departamento 3 (Anguita), comuna de San Bernardo, a fin de que se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $ 2.561.443, m s intereses,ó á reajustes y costas. Fundamenta su presentaci n, se alando que su representado es due o del Pagaró ñ ñ é N 235160281582, suscrito con fecha 4 de julio del 2017, por la suma de $3.977.087, el° cual devengar a un inter s de 1,9900 mensual vencido, pagadero en 36 cuotas,í é mensuales y sucesivas, por un valor de $156.915 cada una, excepto la ltima por unú valor de $156.902, siendo el primer vencimiento el d a 7 de agosto de 2017 y lasí restantes los d as 7 de cada mes, o del ltimo mes del respectivo periodo.í ú Sin embargo, expone que el precitado ejecutado dej de pagar desde la cuota Nó ° 17, adeudando por concepto de capital insoluto la suma de $2.561.443, m s los interesesá correspondientes que deber n liquidarse en su respectivo momento, al igual que lasá costas. Indica que se estableci que en caso de simple retardo y/o mora en el pagoó ntegro y oportuno del capital y/o los intereses de la obligaci n en la poca pactada paraí ó é ello, dar derecho al Banco para exigir sin m s tr mite el pago total de lo adeudado,á á á consider ndose la obligaci n como de plazo vencido para todos los efectos legales. Aá ó contar del simple retardo y/o mora de una cualquiera de las cuotas en que esta se divida, y hasta el pago efectivo, la obligac
Fallo
Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1552, 1560,á í 1681 y siguientes y 1698 del C digo Civil; 144, 160, 170, 254, 343 N 3, 434, 464 N 17,ó ° ° 466 y 470 del C digo de Procedimiento Civil se declara: ó I.- Que, se rechaza la objeci n documental del tercer otros del escrito deó í fecha 2 de septiembre de 2020. II.- Que se acoge la excepci n del n mero 17 del art culo 464 del C digo deó ú í ó Procedimiento Civil, declar ndose prescrita la presente acci n ejecutiva respecto delá ó Pagar 235160281582, debiendo, en consecuencia, denegarse su ejecuci n.é ó III.- Que, cada parte pagar sus costas.á IV.- Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad. í í í Rol N C-24296-2019º Dictada por Rommy M ller Ugarte, Juez Titular del Sexto Juzgado Civil deü Santiago. C-24296-2019 Foja: 1 Autorizada por Mindy Villar Simon, Secretaria Titular del Sexto Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de Septiembre de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 06 de septiembre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-09-10T11:55:41-0300
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C-24296-2019 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-24296-2019 CARATULADO : BANCO FALABELLA/MORETTI Santiago, diez de Septiembre de dos mil veinte VISTOS: Que, a folio 1, comparece Lorena Francisca Collao Opazo, abogada, domiciliada en Avenida Libertador General Bernardo O Higgins N 949, oficina 1901, comuna de’ º Santiago, en re
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