Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ SEBASTIÁN HUMBERTO CIFUENTES CASTILLO

Rol

O-3051-2023

Fecha

28 de junio de 2023

Materia

OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día de ayer 11 de mayo del presente año alrededor de las 10:15 en circunstancias que es la víctima Don Luis Luciano Rubilar Henríquez se encontraba desempeñando sus labores como operador de agua potable, servicio prestado al comité de agua de Los Laureles, en calle Ricardo Valdés frente al número 379 de esta de la localidad de Los Laureles comuna de Cunco y por instrucciones de dicho comité la víctima debía cortar el suministro de agua potable en dicho domicilio y en ese momento en que se estaba realizando una excavación en la vía pública frente a dicho inmueble aparece el imputado Sebastián Cifuentes Castillo quien procede a increpar a la víctima al mismo tiempo que lo amenaza señalándole: “viejo culiao te conozco sé dónde vives y dónde te pille que voy a sacar la cresta y te voy a matar”, lo cual causó un temor cierto a la víctima quien concurrió a buscar a personal policial realizando la denuncia respectiva. Código: TDXKXGCKXXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dic

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos. 297, en relación con el artículo 340, 389, 393 bis, 395 del código procesal, artículo 1, 12 N° 15, 49, 50, 70, 494 N° 16 del Código penal, y demás normas pertinentes, se resuelve: I.- Que se CONDENA a SEBASTIÁN HUMBERTO CIFUENTES CASTILLO, ya individualizado, a la pena de multa de UN TERCIO (1/3) de unidad tributaria mensual como autor de la falta de coacción previsto y sancionado en el artículo 494 N° 16 del Código penal, en grado de consumado, cometido en Temuco con fecha 11 d

Texto Completo (Preview)

RIT : 3051 - 2023 RUC : 2300516866-K MATERIA : COACCION IMPUTADO : SEBASTIÁN HUMBERTO CIFUENTES CASTILLO CÉDULA DE IDENTIDAD : 0015133330-3 DOMICILIO : Calle RICARDO VALDÉS N° 379 Sector Los Laureles, Cunco ATENUANTES : no concurren AGRAVANTES : 12 N° 15 del Código penal RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Temuco, veintiocho de junio de dos mil veintitrés HECHOS: El día de ayer 11 d

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