MP C/ RAFAEL HUMBERTO GÓMEZ SOTO
Rol
O-152-2023
Fecha
28 de junio de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACION., USO FRAUDULENTO DE TARJETAS O MEDIOS DE PAGO. LEY 20.009
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación fiscal, consignados en el auto de apertura de este juicio oral, son los siguientes: “Hecho N° 1: El día 8 de abril del año 2022, aproximadamente a las 07:30 hrs., en Av. España a la altura de la Universidad Federico Santa María, ciudad de Valparaíso, la víctima VICENTE BENJAMIN AYALA CASTRO fue interceptado por el imputado RAFAEL GOMEZ SOTO, quien señaló a la víctima que mantenía un arma de fuego, diciendo “entrégame el celular o te disparo en la guata con la pistola que tengo en el bolso” y lo obligó a hacer entrega de su teléfono celular, $30.000 pesos en dinero en efectivo, y tarjetas bancarias.” Hecho N° 2: “El día 20 de abril del año 2022, aproximadamente a las 14:30 hrs, en Av. Los Placeres con esquina calle Valdés, en las inmediaciones de la Universidad Federico Santa María, la víctima IGNACIO JESÚS PALMA TOBAR, fue interceptado por el imputado RAFAEL GOMEZ SOTO, quien actuaba junto a otro sujeto aún no identificado. Ambos abordaron a la víctima y le señalaron que mantenían un arma de fuego, Código: THXFXGWTBHC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 obligando a la víctima hacer entrega de su teléfono celular, dinero y tarjetas bancarias. Además, el imputado obligó a la víctima a ingresar a la Universidad Federico Santa María y operar el cajero automático que se encontraba en el lugar, donde lo obligó a girar la suma de $400.000 pesos desde la Cuenta Rut de la víctima, huyendo con el dinero en su poder.” Hecho N° 3: “El día 22 de abril del año 2022, aproximadamente a las 10:00 hrs, en calle Javiera Carrera con Av. Los Placeres, en las inmediaciones de la Universidad Federico Santa María, la víctima NICOLÁS IGNACIO VIVEROS GUNCHEL fue interceptado por el imputado RAFAEL GOMEZ SOTO, quien abordó a la víctima señalándole que mantenía un arma de fuego y que se encontraba acompañado de otro sujeto, obligándole a hacer entrega de su tarjeta bancaria de débito N° 475774900
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los días dieciséis, diecinueve, veinte, veintidós, veintitrés de junio en curso, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por los jueces Ángela Carrasco Palma, quien presidió, Juan Carlos Maggiolo Caro y Maureen Darrouy Palacios, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral RUC 2 200 343734-9, RIT N° 152-2023, seguido en contra del acusado Rafael Humberto Gómez Soto, cédula de identidad N° 16.778.917-K, nacido en Viña del Mar el 27 de agosto de 1988, 34 años, panadero, soltero, 3° medio rendido, domiciliado en Avenida Viña del Mar N° 1000, pasaje René Lues, casa 51, Forestal Alto, Población Felipe Camiroaga, Viña del Mar, legalmente representado por abogado de su confianza Juan Pablo González Echeverría. Por el Ministerio Público compareció el fiscal adjunto de la Fiscalía Local de Valparaíso, oficina SACFI, Cristian Paredes Faúndez, ambos profesionales con domicilio y forma de notificación ya registrada en el tribunal. SEGUNDO: Acusación del Ministerio Público. Que los hechos materia de la acusación fiscal, consignados en el auto de apertura de este juicio oral, son los siguientes: “Hecho N° 1: El día 8 de abril del año 2022, aproximadamente a las 07:30 hrs., en Av. España a la altura de la Universidad Federico Santa María, ciudad de Valparaíso, la víctima VICENTE BENJAMIN AYALA CASTRO fue interceptado por el imputado RAFAEL GOMEZ SOTO, quien señaló a la víctima que mantenía un arma de fuego, diciendo “entrégame el celular o te disparo en la guata con la pistola que tengo en el bolso” y lo obligó a hacer entrega de su teléfono celular, $30.000 pesos en dinero en efectivo, y tarjetas bancarias.” Hecho N° 2: “El día 20 de abril del año 2022, aproximadamente a las 14:30 hrs, en Av. Los Placeres con esquina calle Valdés, en las inmediaciones de la Universidad Federico Santa María, la víctima IGNACIO JESÚS PALMA TOBAR, fue interceptado por el imputado RAFAEL GOMEZ SOTO, quien actuaba junto a otro sujeto aún no identificado. Ambos abordaron a la víctima y le señalaron que mantenían un arma de fuego, Código: THXFXGWTBHC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 obligando a la víctima hacer entrega de su teléfono celular, dinero y tarjetas bancarias. Además, el imputado obligó a la víctima a ingresar a la Universidad Federico Santa María y operar el cajero automático que se encontraba en el lugar, donde lo obligó a girar la suma de $400.000 pesos desde la Cuenta Rut de la víctima, huyendo con el dinero en su poder.” Hecho N° 3: “El día 22 de abril del año 2022, aproximadamente a las 10:00 hrs, en calle Javiera Carrera con Av. Los Placeres, en las inmediaciones de la Universidad Federico Santa María, la víctima NICOLÁS IGNACIO VIVEROS GUNCHEL fue interceptado por el imputado RAFAEL GOMEZ SOTO, quien abordó a la víctima señalándole que mantenía un arma de fuego y que se encontraba acompañado de otro sujeto, obligándole a hacer e
Fallo
Por tanto, su reconocimiento y esta otra prueba, más las restantes permitirán la acreditación del hecho. En relación al hecho 2 el acusado también actuó rostro descubierto y empieza ya a operar con las tarjetas bancarias de sus víctimas, comienza a manipularlas por mayor tiempo, obligándolas a retirar dinero desde sus cuentas bancarias. Evoluciona en el actuar. Será importante el reconocimiento de la víctima y los demás que se ha dicho, la relación con los demás hechos y también las descripciones del imputado. En el hecho 3 actuó el imputado con mascarilla, pero la víctima hace un reconocimiento fotográfico, se oirá su testimonio y el de funcionarios policiales, hay un testigo que logró ver un tatuaje y dirá cuándo lo percibió y dónde estaba, lo que será un dato relevante. En el hecho 4, también el acusado actuó con mascarilla, fue reconocido, indiciariamente, por la víctima y hubo transferencias del acusado hacia la madre de su hija, ella también concurrirá al juicio. Habrá distintos niveles de prueba, en algunos hechos habrá reconocimientos directos y en otros, indiciarios, pero estarán reforzados con las demás probanzas, emanadas de la investigación policial. Hay una relación entre el robo y el uso de tarjeta, adelanta que, para el Ministerio Público, mientras la víctima se mantenga bajo la intimidación el segundo delito se ve subsumido por el primero, pero ya cesando la intimidación, se configuran los dos delitos distintos. Así lo aseverará en la clausura. Por su parte,
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1 Ministerio Público c/ Rafael Humberto Gómez Soto Fiscal : Cristian Paredes Faúndez Defensa : Juan Pablo González Echeverría (def. privado) RIT : 152-2023 RUC : 2 200 343734-0 Valparaíso, veintiocho de junio de dos mil veintitrés. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los días dieciséis, diecinueve, veinte, veintidós, veintitrés de junio en curso, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en l
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