PDI C/ RODRIGO ALEJANDRO CALDERÓN CASTRO
Rol
O-139-2022
Fecha
28 de junio de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, ante esta Sala Única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes, se llevó a efecto la audiencia de juicio en causa RIT N° 139-2022 seguida contra RODRIGO ALEJANDRO CALDERÓN CASTRO, cédula de identidad 16.862.386-0, nacido en Puente Alto el 15 Noviembre de 1987, 34 años, soltero, maestro excavador, domiciliado en Pasaje El Recuerdo casa 97 Población Tulipanes, Parral, representado por el defensor penal público, don David Mauricio Bahamondes Barde, y contra, JULIO DEL CARMEN CASTILLO ARIAS, cédula de identidad 12.791.989-5, nacido en Cauquenes el 6 agosto de 1974, 48 años, divorciado, temporero, domiciliado en calle Juan Pablo II Nº 121, Parral, representado por el abogado defensor penal público, don Carlos Gatica Sepúlveda . Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por don Nelson Riquelme Soto, Fiscal de Parral. Los intervinientes letrados, fijaron su domicilio y forma de notificación, en forma previa, en el Tribunal.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: De la acusación. Que los hechos y circunstancias objeto de la acusación fiscal se encuentran contenidos en el auto de apertura del juicio oral de fecha 22 de septiembre de 2022 del Juzgado de Garantía de Parral, en el que se señala lo siguiente: “Aproximadamente desde enero de 2021, el acusado Rodrigo Calderón Castro ha realizado actos de tráfico de pequeñas cantidades de droga en su domicilio de 1 Poniente N° 820, Población Bicentenario II, Parral, y en el Código: JKXRXGRQNFC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 domicilio de su conviviente ubicado en Población Don Pablo, Pasaje 8, N° 351, Parral, en coordinación con el acusado Julio Castillo Arias, en el domicilio de él ubicado en calle Juan Pablo II, N° 121, Población Bicentenario, Parral. Dentro de este contexto, el acusado Rodrigo Calderón Castro con fecha 13/01/2021 a las 17:15 horas aproximadamente vendió a un consumidor un envoltorio contenedor de 0,90 gramos de cannabis sativa, y el 09/03/2021 a las 15:20 horas aproximadamente vendió a un consumidor un envoltorio de papel blanco cuadriculado con 0,77 gramos de cannabis sativa. El 23/03/2021 a las 15:10 horas el acusado Rodrigo Calderón Castro se trasladó hasta el domicilio de Julio Castillo Arias y entre ambos vendieron a un consumidor un envoltorio con 0,91 gramos de cannabis sativa. Se solicitaron órdenes judiciales para ingresar al domicilio de los acusados y el 22/04/2021 a las 06:00 horas de la mañana aproximadamente, la Policía de Investigaciones de Parral ingresó al domicilio de Julio Castillo Arias en calle Juan Pablo II N° 121, Parral, encontrándolo en guarda y posesión en su dormitorio en una caja de zapatos de 1,56 gramos de cannabis sativa, en el bolsillo de su pantalón una bolsa de nylon con 0,91gramos de cannabis sativa y en un cojín escondido dentro una bolsa de nylon 14 bolsitas con 13,03 gramos de cannabis sativa y 56 envoltorios con 38,59 gramos de cannabis sativa, además de encontrarse en el domicilio una balanza digital tipo gramera. Respecto de Rodrigo Calderón Castro, el mismo 22/04/2021 a las 06:00 horas de la madrugada, en el domicilio de Población Don Pablo, Pasaje 8 N° 351, Parral, el acusado fue sorprendido en guarda y posesión en un pantalón de 1,74 gramos de cannabis sativa, $17.000 en dinero efectivo producto de las ventas de cannabis sativa, en un contenedor metálico blanco en el living 16,94 gramos de cannabis sativa, además de un celular utilizado para la comisión de estos hechos. Ambos acusados fueron sorprendidos en guarda y posesión de esta cannabis sativa en los domicilios indicados sin autorización y sin estar destinada la droga a su consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo.” El Ministerio Público señala que los hechos descritos configuran el delito de Tráfico de Pequeñas Cantidades de Sustancias Estupefacientes o Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley N° 20.000, en Código: JK
Fallo
Por tanto, las Código: JKXRXGRQNFC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 30 declaraciones prestadas por los imputados, no ha sido sustanciales para el esclarecimiento de los hechos en los términos que exige el N° 9 del artículo 11 del Código Penal. Solicita las penas ya indicadas en acusación fiscal, esto es, la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo además de la multa correspondiente, el comiso de las especies incautadas, la balanza, el dinero y el teléfono celular. Además, solicita se obtenga el perfil genético de los sentenciados y su inscripción en el registro de condenados. El abogado defensor del enjuiciado, Rodrigo Alejandro Calderón Castro, acompañó tres certificados de nacimiento de Hugo Alejandro Calderón Vázquez, de Ámbar Valentina Calderón Muñoz y de Martina Ignacia Calderón Muñoz, que acreditan que Rodrigo Alejandro Calderón Castro es padre de los dos primeros (puesto que en el último certificado no registra nombre de padre ni madre). Además, acompañó informe pericial psicológico, evacuado por la perito psicóloga, Fabiola Macarena Rojas Morales que concluye (capítulo séptimo) lo siguiente: A partir de la evaluación psicológica pericial realizada la psicóloga informante puede establecer que el imputado, don Rodrigo Alejandro Calderón Castro, percibe la realidad debidamente , al igual que las normas establecidas y las normas establecidas debidamente al contar con un rendimiento intelectua
Texto Completo (Preview)
1 TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL CAUQUENES RUC N° : 2100062876-7 RIT N° : 139-2022 Acusado : Rodrigo Alejandro Calderón Castro Julio del Carmen Castillo Arias Delito : Tráfico ilícito de pequeñas cantidades de droga. Cauquenes, veintiocho de junio de dos mil veintitrés. VISTO: Que, ante esta Sala Única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes, se llevó a efecto la audiencia de j
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