MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ CRISTÓBAL ANDRÉS ROJAS PALMA
Rol
O-996-2020
Fecha
28 de junio de 2023
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CRISTÓBAL ANDRÉS ROJAS PALMA, cédula de identidad número 15.609.640-7, soltero, obrero de la construcción, nacido el 17 de septiembre de 1984 en Santiago, 38 años, domiciliado en pasaje Pablito Andrés N°27, Reñaca Alto, Viña del Mar, en virtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos: HECHO: “El día 13 de abril de 2020 aproximadamente a las 14.44 horas, el imputado CRISTÓBAL ANDRÉS ROJAS PALMA, ingresó hasta el supermercado Líder de Quillota, ubicado en Avda. 21 de Mayo 311 de esta ciudad, sustrayendo desde su interior con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño especies consistente en 261 sobres de queso marca Colún, los que ocultó en una mochila que portaba, traspasando el lineal de cajas, sin cancelar los productos, siendo detenido por guardias de seguridad. Las especies fueron avaluadas en la suma de $ 336.690 pesos”. CONSIDERANDO: Que, no habiendo rendido prueba la fiscalía, toda vez que, los testigos, estando válidamente notificados, no comparecieron a la audiencia de juicio ni tampoco justificaron su inasistencia, motivo por el cual, este sentenciador no cuenta con antecedentes suficientes para arribar a una condena, en la medida que no se ha podido acreditar el hecho punible ni tampoco la participación que pudiese haber cabido al encartado. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, teniendo en cuenta que nadie puede ser Código: XXVLXGZSDGC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl condenado sino cuando un tribunal adquiera la convicción que el imputado ha cometido un delito y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 340 del Código Procesal Penal; y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 14, 15, 18, 21, 25 del Código Penal; artículos 47, 48, 297, 340, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal,
Fallo
se declara: 1.- Que se absuelve al imputado CRISTÓBAL ANDRÉS ROJAS PALMA, cédula de identidad número 15.609.640-7, ya individualizado, de la acusación que la tuvo como autor del delito frustrado de Hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N°2 del Código Penal, supuestamente cometido el 13 de abril de 2020 en esta comuna. 2.- Que no se condena en costas para el Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el artículo 48 del Código Procesal Penal, estimando que tuvo motivo plausible para litigar en esta causa, teniendo en cuenta que los testigos de cargo no comparecieron y, aquello, no puede ser reprochado al ente persecutor. Se deja sin efecto toda medida cautelar dictada en estos autos. En su momento dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. RUC Nº 2000375723-5 RIT N° 996-2020.- Sentencia dictada por don ALEJANDRO LOBOS VELIZ, Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Quillota. Los intervinientes renuncian a los plazos para recursos, la sentencia queda firme y ejecutoriada Código: XXVLXGZSDGC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XXVLXGZSDGC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-28T14:10:58-0400
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Quillota, veintiocho de junio de dos mil veintitrés. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CRISTÓBAL ANDRÉS ROJAS PALMA, cédula de identidad número 15.609.640-7, soltero, obrero de la construcción, nacido el 17 de septiembre de 1984 en Santiago, 38 años, domiciliado en pasaje Pablito
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