Juzgado de Garantía de Rengo.

MP C/ ÁLVARO IGNACIO LÓPEZ RODRÍGUEZ

Rol

O-1299-2022

Fecha

27 de junio de 2023

Materia

MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 05 de mayo de 2022 a las 14:15 horas aproximadamente los imputados encontrándose en la vía pública, Santa Lucila con San José de la comuna de Requínoa, en virtud de un procedimiento de carabineros de esa comuna, éstos reaccionaron violentamente y procedieron a agredir a personal policial con golpes de pie y puño lanzándole además piedras, produciendo lesiones calificadas como leves en el personal policial específicamente en los funcionarios don Alejandro Ibarra Cruz, Héctor Villalobos Gajardo y Matías Rivas Sierra que configuran a juicio del Ministerio Público el ilícito del art 416 BIS del Código de Justicia Militar. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 15 N° 1, 30, 67 y siguientes del Código Penal; artículo 416 bis del Código de Justicia Militar; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y pertinentes de la Ley 18.216 SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a ÁLVARO IGNACIO LÓPEZ RODRÍGUEZ, cédula de identidad N° 14591773- 5, domiciliado en ROMA Nº 115, POBLACION EL ESFUERZO, REQUINOA, por su responsabilidad en calidad de AUTOR en el delito de MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS, previsto y sancionado en el artículo 416 bis del Código de Justicia Militar, perpetrado en grado de desarrollo CONSUMADO el día 05 de mayo de 2022, a sufrir una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU Código: NFXJXGFKZHC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Es

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a ÁLVARO IGNACIO LÓPEZ RODRÍGUEZ, cédula de identidad N° 14591773- 5, domiciliado en ROMA Nº 115, POBLACION EL ESFUERZO, REQUINOA, por su responsabilidad en calidad de AUTOR en el delito de MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS, previsto y sancionado en el artículo 416 bis del Código de Justicia Militar, perpetrado en grado de desarrollo CONSUMADO el día 05 de mayo de 2022, a sufrir una pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU Código: NFXJXGFKZHC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl GRADO MÍNIMO, accesorias generales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, eximiéndose del pago de las costas de la causa. II.- Que se sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad impuesta por la de PRESTACION DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, por el término de 81 HORAS. Para estos efectos el sentenciado deberá presentarse ante el Centro de reinserción social de Rancagua dentro de

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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju

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