WPD SANTA FE II SPA/
Rol
V-54-2020
Fecha
9 de septiembre de 2020
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: El 30 de marzo de 2.020, a las 18:33 horas, CARLOS ALBERTO DÍAZ MARTÍNEZ, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 10.115.346-0, en representación de WPD SANTA FE II S.P.A., sociedad del giro de su denominación, RUT N° 76.560.825-2, ambos domiciliados para estos efectos en Augusto Leguía Sur 160, oficina 32, comuna de Las Condes, Santiago, expuso: En terrenos abiertos e incultos, ubicados en la Décima Región de Los Lagos, Provincia de Osorno, comuna de Puyehue, su representada desea realizar trabajos de investigación minera, por lo que viene en solicitar para ello la constitución de una concesión de exploración que se denominará “PUYEHUE 21”. Las coordenadas U.T.M están referidas al Elipsoide Internacional de Referencia de 1.924, Datum provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Huso 18, las coordenadas para el punto medio (P.M.) y son las siguientes: NORTE: 5.489.790 metros, ESTE: 705.500 metros. La superficie de concesión de exploración solicitada es de 300 hectáreas, encerradas en un rectángulo de 3.000 metros de largo en el sentido Norte-Sur U.T.M., por 1.000 metros de ancho en el sentido Este-Oeste U.T.M. Solicitó en mérito de lo expuesto y de lo que disponen los artículos 43 y 46 del Código de Minería y 14 inciso segundo, 16 y 17 de su Reglamento, se sirva tener por presentado este pedimento y acogerlo a tramitación, ordenando su inscripción y publicación y, en definitiva, tener por presentada en favor de su representada la concesión de exploración solicitada. El 16 de abril de 2.020 se inscribió el pedimento, a fs. 98 N° 47 del Registro de Descubrimientos del año 2.020 del Conservador de Minas de Osorno. El 21 de abril de 2.020 el solicitante pagó $ 75.332, por tasa de pedimento. El 30 de abril de 2.020 se publicó el pedimento minero en el Boletín Oficial de Minería. El 23 de junio de 2.020 el solicitante pagó $ 207.009, por patente de concesión de exploración. HEX El 25 de junio de 2.020 el solicitante acompañó los planos de la solicitud de se
Fundamentos
Considerando que el peticionario ha observado el procedimiento de constitución de concesión de exploración minera señalado en el Código de Minería y Reglamento de dicho Código, y visto lo dispuesto en los artículos 86 y siguientes del Código de Minería,
Fallo
en mérito de lo expuesto y de lo que disponen los artículos 43 y 46 del Código de Minería y 14 inciso segundo, 16 y 17 de su Reglamento, se sirva tener por presentado este pedimento y acogerlo a tramitación, ordenando su inscripción y publicación y, en definitiva, tener por presentada en favor de su representada la concesión de exploración solicitada. El 16 de abril de 2.020 se inscribió el pedimento, a fs. 98 N° 47 del Registro de Descubrimientos del año 2.020 del Conservador de Minas de Osorno. El 21 de abril de 2.020 el solicitante pagó $ 75.332, por tasa de pedimento. El 30 de abril de 2.020 se publicó el pedimento minero en el Boletín Oficial de Minería. El 23 de junio de 2.020 el solicitante pagó $ 207.009, por patente de concesión de exploración. HEX El 25 de junio de 2.020 el solicitante acompañó los planos de la solicitud de sentencia constitutiva de exploración “PUYEHUE 21”, en triplicado. El 10 de agosto de 2.020, el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante ORD N° 1288, de 7 de agosto de 2.020, informó: “1.De acuerdo a lo ordenado en su providencia señalada en el ANT. 1, y a lo dispuesto en el Art. 57 del Código de Minería, este Servicio Nacional informa que los aspectos técnicos relacionados con la Solicitud y Plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. 2. En efecto, la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Osornoº CAUSA ROL : V-54-2020 CARATULADO : WPD SANTA FE II SPA/ Osorno, nueve de Septiembre de dos mil veinte VISTOS: El 30 de marzo de 2.020, a las 18:33 horas, CARLOS ALBERTO DÍAZ MARTÍNEZ, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 10.115.346-0, en representación de WPD SANTA FE II S.P.A., sociedad del giro de su denominació
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