JUANA DEL CARMEN GUTIERREZ GALLARDO C/ CARLOS ALFONSO MUÑOZ HERNÁNDEZ
Rol
O-98-2022
Fecha
19 de junio de 2023
Materia
DAÑOS SIMPLES., LESIONES MENOS GRAVES., OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 27 de febrero de 2022, alrededor de las 20:00 horas, en el domicilio ubicado en Toma Los Robles N° 19, comuna de Collipulli, CARLOS ALFONSO MUÑOZ HERNANDEZ agredió a su ex conviviente Juana del Carmen Gutiérrez Gallardo, a quien tomó del cuello y apretó con ambas manos, para luego propinarle un golpe de puño en la boca, ocasionándole dolor a la palpación en Código: XXXXXGLYXXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl región peribucal, equimosis en brazo izquierdo de aproximadamente tres centímetros de diámetro y tres erosiones en pierna izquierda. En este mismo contexto, CARLOS ALFONSO MUÑOZ HERNANDEZ amenazó a la víctima Juana Gutiérrez Gallardo manifestándole que la iba a matar, generando en ella un justo temor de verse afectada en su vida. Además, le propinó un golpe de puño a un televisor de la víctima, quebrándole la pantalla y ocasionando daños avaluados en la suma de $220.000.-”. Delitos: 1.- AMENAZAS SIMPLES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en relación con el artículo 5° de la Ley N° 20.066; 2.- LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, descrito y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, en relación con el artículo 5° de la Ley N° 20.066; y 3.- DAÑOS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal. Participación: Autor. Grado de desarrollo: Consumado. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: No concurren atenuantes ni agravantes.
Fundamentos
Fundamentos del requerimiento: 1. Parte Denuncia N° 192, de fecha 27/02/2022, extendido por la 2ª Comisaría de Carabineros de Collipulli. 2. Declaración de la víctima doña Juana del Carmen Gutiérrez Gallardo, de fecha 27/02/2022. 3. Folio de urgencia N° 543583, de fecha 27/02/2022, emitido por el Hospital San Agustín de Collipulli. 4. Set de 3 fotografías correspondientes al sitio del suceso y daños provocados. Pena solicitada: Refiere que, para efectos de la pretensión punitiva, modifica la calificación jurídica de las amenazas por la falta de coacción, y, por ende, solicita la imposición de la pena de 1/3 de U.T.M.; respecto del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, también pide la aplicación de la pena de 1/3 de U.T.M.; y, en cuanto al delito de daños simples, también la pena de 1/3 de U.T.M., y, respecto de los dos primeros ilícitos, además, la pena accesoria del artículo 9°, letra b), de la Ley N° 20.066, por el plazo de seis meses. Para efectos del artículo 395 del CPP, reconoce la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal. TRIBUNAL: Procede a la lectura de los requerimientos presentados previamente en las causas RIT 41-2023 y RIT 98-2022. COMUNICACIÓN DE AGRUPACIÓN DE INVESTIGACIONES (RIT 134-2022 Y RIT 41-2023 A CAUSA RIT 98-2022): FISCAL: Comunica su decisión de agrupar las investigaciones en todas las causas antes singularizadas, al RIT más antiguo (98-2022). Asimismo, para efectos del artículo 395 del CPP, en el RIT 98-2022, modifica la calificación jurídica de los hechos (dos delitos de amenazas simples) a dos faltas de coacción, solicitando así dos penas de 1/3 U.T.M. Por su parte, en el RIT 41-2023, recalifica la amenaza simple en contexto de VIF por la falta de coacción, solicitando una pena de 1/3 U.T.M., y la misma pena pecuniaria de 1/3 U.T.M. por el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar. Reiterando la pretensión punitiva de la causa RIT 134-2022. Finalmente, a petición de la Defensa, en las investigaciones RIT 134-2022 y RIT 41-2023, subsume las faltas de coacciones en los delitos de lesiones menos graves en contexto de VIF, quedando en 5 penas de multa de 1/3 de U.T.M., más la pena accesoria del artículo 9°, letra b), de la Ley N° 20.066. DEFENSA: No realiza otras alegaciones sobre el punto. Código: XXXXXGLYXXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TRIBUNAL: Decreta la acumulación de las causas RIT 134-2022 y RIT 41-2023, a la más antigua, esto es, la RIT 98-2022 (quedando ésta vigente). REQUERIDO: Previa explicación de las alternativas que posee por la Defensa y el Tribunal admite responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, conforme a lo prescrito en el artículo 395 del Código Procesal Penal. DEFENSA: Solicita un plazo prudencial para el pago de las multas, en virtud de las facultades económicas del requerido, a razón de 1/3 de U.T.M. cada mes; no efectúa alegacione
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Acta de Bloque de Audiencias de Procedimiento Simplificado / SENTENCIA SIMPLIFICADO -vía sistema de videoconferencia- Fecha Collipulli, diecinueve de junio de dos mil veintitrés. Magistrada MARÍA FERNANDA LAGOS LEPE Fiscal ALBERTO GUTIÉRREZ FUENTES Defensor MAURICIO LARENAS ESCALONA Hora inicio 11:16 A.M. Hora termino 11:39 A.M. Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Collipulli Acta
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