DANIEL ALBERTO PLASCENCIO TORRES C/ IVÁN IGNACIO ROBLES MIÑO
Rol
O-7619-2022
Fecha
27 de junio de 2023
Materia
CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS OIDO Y TENIENDO PRESENTE: 1°, Que el Ministerio Público, ha formulado requerimiento en procedimiento simplificado contra Iván Ignacio Robles Miño, Rol Único Nacional 20.393.948-5, 22 años de edad, nacido el 26 de Octubre 2000, soltero, estudiante, domiciliado en Calle Inglaterra N° 0730, departamento 31, Temuco, en calidad de autor de la falta contenida en el artículo 50 de la ley 20.000, fundado en que el día 09 de Marzo de 2022, en el interior de las dependencias del Hospital Hernán Henríquez Aravena, ubicado en calle Manuel Montt 115 de esta ciudad, y dentro del contexto de un procedimiento por accidente de tránsito, personal de carabineros controló la identidad del imputado, y al momento de registrar sus pertenencias, éste mantenía al interior de una mochila que portaba consigo, una caja de cartón contenedora de 52 gramos, de marihuana elaborada.- Los hechos en concepto del Ministerio Público, constituyen la falta descrita y sancionada en el artículo 50 de la Ley de Drogas N° 20.000 en la que se atribuye al imputado una responsabilidad de autor. El Ministerio Público solicita se imponga una pena de multa de 1 unidad Tributaria Mensual. 2°.- Que habiéndose llevado a efecto audiencia en procedimiento simplificado, el imputado admitió responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento. 3°.- Que los hechos del requerimiento tipifican la falta contenida en el artículo 50 y 51 de la ley 20.000, perpetrada por el imputado en calidad de autor. 4°.- Que en cuanto a las alegaciones de la Defensa, en orden a rebajar de pena pecuniaria a un tercio de Unidad tributaria mensual, este Tribunal no hará lugar por no haberse allegado antecedente alguno que amerite hacer uso de las facultades establecidas en el artículo 70 del Código Penal, habida consideración, además, que el Ministerio Publico solicito el mínimo de la pena asignada al ilícito. Que no se hará lugar a suspender la imposición de la condena de conformidad con lo establecido en el artículo 398 d
Fallo
Por estas consideraciones, y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 15, 30, 49, 50, 67, 70, del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 50 de la ley 20.000, se declara: I.- Que se condena a Iván Ignacio Robles Miño, Rol Único Nacional 20.393.948-5, ya individualizado, en calidad de autor de la falta tipificada en el artículo 50 de la ley 20.000, perpetrada en esta jurisdicción, al interior del Hospital Hernani Henríquez Aravena de esta ciudad, el 9 de Marzo de 2022, a la pena de multa de una unidad tributaria mensual, sin costas de la causa por no haber sido solicitadas. II.- Que la multa impuesta deberá pagarse en pesos en el equivalente que tenga la Unidad Tributaria Mensual al momento de su pago efectivo, mediante depósito en Banco Estado, cuenta corriente 9006184 Fondo nacional para la prevención y rehabilitación de consumo de drogas y alcohol. Se autoriza al sentenciado para pagar la multa impuesta hasta el último día hábil correspondiente al mes en que quede ejecutoriado el presente fallo. III.- Que, si el sentenciado no tuviere bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión regulándose en tres días, sin abono. Regístrese, dése copia y archívense estos antecedentes, en su oportunidad. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el Artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC 2200233016-8 RIT 7619 - 2022 Resolvió doña LUZ MONICA ARANCIBIA MENA, Juez Titula
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA Temuco, veintisiete de Junio de dos mil veintitres.- VISTOS OIDO Y TENIENDO PRESENTE: 1°, Que el Ministerio Público, ha formulado requerimiento en procedimiento simplificado contra Iván Ignacio Robles Miño, Rol Único Nacional 20.393.948-5, 22 años de edad, nacido el 26 de Octubre 2000, soltero, estudiante, domiciliado en Calle Inglaterra N° 0730, departamento 31, Temuco, en ca
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica