FISCALIA C/ OSWUALDO JOSE SALAZAR CAÑA
Rol
O-4343-2023
Fecha
23 de junio de 2023
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: . El día 12 de Abril de 2023, a las 02:50 horas, aproximadamente, en el interior de la Plaza de Armas, Comuna de Santiago, el imputado OSWALDO JOSÉ SALAZAR CAÑA, fue sorprendido manteniendo entre sus vestimentas 45 envoltorios de papel en los que guardaba, almacenaba y transportaba PBC con un peso bruto de 10,5 grs., además tenía la suma de $3970 en dinero en efectivo. La droga que fue encontrada en poder del imputado no estaba destinada a su uso o consumo exclusivo personal y próximo en el tiempo ni a un tratamiento médico que lo autorizara. SE DECLARA: I.- Que se condena a OSWUALDO JOSE SALAZAR CAÑA, ya individualizado, a la pena de 70 días de presidio de menor en su grado mínimo, mas multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de Tráfico Ilícito de Estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000., en grado de ejecución de consumado, cometido día 12 de Abril de 2023, en la comuna de Santiago. II.-La pena pecuniaria se tiene por cumplida por el día que paso privado de libertad por la presente causa, motivo del control de la detención. III.- Que la pena corporal se tiene por cumplida, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 348 Código: WVBEXGPMEXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del Código Procesal Penal, por el tiempo que pasó bajo la medida cautelar de prisión preventiva, desde 12-04-2023 al día de hoy. IV.- Se decreta el comiso de las especies incautadas. V.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. VI.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Se revoca el
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a OSWUALDO JOSE SALAZAR CAÑA, ya individualizado, a la pena de 70 días de presidio de menor en su grado mínimo, mas multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de Tráfico Ilícito de Estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000., en grado de ejecución de consumado, cometido día 12 de Abril de 2023, en la comuna de Santiago. II.-La pena pecuniaria se tiene por cumplida por el día que paso privado de libertad por la presente causa, motivo del control de la detención. III.- Que la pena corporal se tiene por cumplida, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 348 Código: WVBEXGPMEXB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del Código Procesal Penal, por el tiempo que pasó bajo la medida cautelar de prisión preventiva, desde 12-04-2023 al día de hoy. IV.- Se decreta el comiso de las especies incautadas. V.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. VI.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Se revoca el régimen cautelar de prisión preventiva, se ordena la liber
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PROCEDIMIENTO Simplificado. FECHA: Santiago., veintitrés de junio de dos mil veintitrés TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PILAR ANDREA AHUMADA OTÁROLA RUC: 2300399028-1 RIT: 4343 - 2023 IMPUTADO: OSWUALDO JOSE SALAZAR CAÑA C.I. 0014894831-3 DELITO Tráfico Ilícito de Estupefacientes en pequeñas cantidades ARTICULO previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000
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