1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

BADILLO/ZAMBRANO

Rol

O-6575-2021

Fecha

14 de enero de 2022

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos expuestos en la demanda y con el sólo ánimo de poner término al presente juicio, pagará al demandante Maycol Alberto Badillo Marcos la suma única y total de $800.000.-, a más tardar el día 25 de enero del año 2022. Asimismo, la demandada Inmobiliaria Ingevec S.A. con el sólo ánimo de poner término al presente juicio y sin reconocer los

Fundamentos

fundamentos de la demanda, pagará al demandante Maycol Alberto Badillo Marcos la suma única y total de $300.000.-, con fecha de hoy 13 de enero de 2022, ambas cantidades serán pagadas mediante transferencia electrónica o depósito a la cuenta vista del Banco Santander cuyo titular es el abogado patrocinante don Francisco Langer Fuentes, cédula de identidad 15.919.448-5, N° de Cuenta 00706494276-4, correo electrónico abogadolanger@gmail.com. Se entenderán efectuados los pagos en las fechas establecidas a menos que la parte demandante de cuenta del incumplimiento. 2. La parte demandante acepta la suma ofrecida y la modalidad de pago en los términos expuestos. 3. Mediante el presente acuerdo las partes se otorgan el más amplio, completo, total y recíproco finiquito respecto de las materias ventiladas en esta causa y declaran que nada se adeudan salvo las sumas que se contraen en la presente conciliación. 4. Cada parte pagará sus costas. El Tribunal tiene por aprobada y ratificada la presente conciliación otorgándosele el carácter de sentencia definitiva ejecutoriada para todos los efectos legales. Regístrese y archívense los autos en su oportunidad. SOLICITUD DEMANDANTE Solicita lo dispuesto en el art. 453 N° 1 inciso séptimo del Código del Trabajo en virtud que el demandado principal se encuentra rebelde que se tengan los hechos como tácitamente admitidos. SENTENCIA Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016. Artículo 62 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Santiago, trece de enero de dos mil veintidós VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO PRIMERO: que comparece MAYCOL ALBERTO BADILLO MARCOS, maestro de instalaciones de ventana, cédula de identidad 25.258.484-6, domiciliado para estos efectos en Morandé N° 835, oficina 1314, comuna de Santiago. Quien interpone demanda por despido incausado, nulidad del despido y cobro de prestaciones en contra de OCTAVIO SAMUEL ZAMBRANO TOLEDO, cédula de identidad 13.583.329-0, domiciliado en Calle Lo Espinoza N° 2303, comuna de Quinta Normal, Santiago.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 63, 67, 73, 42, 161, 162, 446 y siguientes del Código del Trabajo y articulo 1698 del Código Civil, se declara: I. Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta por Maycol Alberto Badillo Marcos en contra de Octavio Samuel Zambrano Toledo, ambos ya individualizados y en definitiva se declara que el despido del 05 de julio de 2021 es nulo e injustificado y se ordena el pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a. indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $408.125.-; b. indemnización por 4 años de servicio por la suma de $1.632.500.-; c. Recargo del 50% por la suma de $816.250.-; d. $68.021.- por concepto de remuneraciones de 5 días de julio de 2021; e. Feriado proporciona por $91.148.-; f. horas extraordinarias por la suma de $272.083.-; g. remuneraciones desde el despido de 05 de julio de 2021 en base a la suma de $408.125.- hasta que se efectué el pago íntegro de las cotizaciones señaladas en el cuerpo de la demanda (pag.16) AFP Planvital, Fonasa y AFC Chile por todo el periodo que se cobra. h. Ofíciese a AFP Planvital, Fonasa y AFC Chile a fin de que ejerzan las acciones legales de cobro. Dichas cotizaciones deberán pagarse en base a $408.125.- i. Al momento de enviarse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago deberá considerarse que con esta fecha se arribó a una conciliación por la suma de $1.100.000.-, suma a la cual se han obl

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 13/01/2022, Santiago RUC 21- 4-0367843-8 RIT O-6575-2021 CARATULADO BADILLO/ZAMBRANO MAGISTRADO MARIA VERONICA TORRES REYES ADMINISTRATIVO DE ACTAS PATRICIA PARODI FERNANDEZ HORA DE INICIO 09:11 HORA DE TERMINO 09:40 SALA SALA VIRTUAL 8 (1.2) Nº REGISTRO DE AUDIO 2140367843

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