1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

BLANDON/SCHRIEVER

Rol

O-6881-2020

Fecha

15 de enero de 2022

Materia

Bonos, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuestos en los artículos 1, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 41, 42, 54, 54bis, 58, 63, 71, 73, 162, 163, 171, 172, 173, 415, 420, 423, 446, 452, 453, 454 y 459, todos del Código del Trabajo, se declara: I. La existencia de una relación laboral entre la demandante doña Leidy Johanna Blandon Blandon, cédula de identidad N°27.136.762-7 con Carlo Schriver Ruíz, cédula de identidad N°13.426.533-7, y Servicios Alimenticios C&A Ltda., Rut N°76.262.706-K, desde el 16 de agosto de 2019 y hasta el 15 de mayo de 2020. II. Que se declara que ambas demandadas constituyen un empleador único o unidad económica en los términos establecidos en el artículo tercero del Código del Trabajo debiendo ambas demandadas responder de las obligaciones a las que se ha de condenar en esta sentencia y de manera solidaria. III. Que SE ACOGE la acción de despido indirecto por incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, debiendo en este caso las demandadas pagar por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo, la suma de $502.365.- IV. Que el despido ejercido por la demandante no ha producido el efecto de poner término a la relación laboral en las condiciones que establece el artículo 162 inciso quinto y séptimo del Código del Trabajo, debiendo las demandadas pagar remuneraciones y demás prestaciones de origen laboral desde el 15 de mayo del año 2020 hasta su efectiva convalidación entendiendo por tal el pago de las cotizaciones previsionales del periodo efectivamente trabajado teniendo como remuneración para estos efectos la suma de $502.365, y debiendo ser enteradas en AFP Modelo, FONASA y AFC CHILE II. V. Que además se condena a las demandadas a pagar las siguientes prestaciones de naturaleza laboral: a. Feriado proporcional por la suma de $318.174. b. Remuneración de octubre de 2019 por $301.000.- c. Remuneración de febrero de 2020 por $201.365.- d. Remuneración de marzo de 2020 por $359.642.- e. Remuneración de abril de 2020 por $447.365.- f. Remuneración de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido ante este 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago doña Leidy Johanna Blandon Blandon, cédula de identidad N°27.136.762-7, domiciliada para estos efectos en Huérfanos N°1178, oficina 309, Santiago, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Carlo Schriver Ruíz, cédula de identidad N°13.426.533-7, y en contra de Servicios Alimenticios C&A Ltda., Rut N° 76.262.706-K, representada por don Carlo Schriver Ruíz ambos domiciliados en Isidora Goyenechea 2800, Atrio Edificio Titanium, Local 206, Vitacura, Santiago.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuestos en los artículos 1, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 41, 42, 54, 54bis, 58, 63, 71, 73, 162, 163, 171, 172, 173, 415, 420, 423, 446, 452, 453, 454 y 459, todos del Código del Trabajo, se declara: I. La existencia de una relación laboral entre la demandante doña Leidy Johanna Blandon Blandon, cédula de identidad N°27.136.762-7 con Carlo Schriver Ruíz, cédula de identidad N°13.426.533-7, y Servicios Alimenticios C&A Ltda., Rut N°76.262.706-K, desde el 16 de agosto de 2019 y hasta el 15 de mayo de 2020. II. Que se declara que ambas demandadas constituyen un empleador único o unidad económica en los términos establecidos en el artículo tercero del Código del Trabajo debiendo ambas demandadas responder de las obligaciones a las que se ha de condenar en esta sentencia y de manera solidaria. III. Que SE ACOGE la acción de despido indirecto por incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, debiendo en este caso las demandadas pagar por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo, la suma de $502.365.- IV. Que el despido ejercido por la demandante no ha producido el efecto de poner término a la relación laboral en las condiciones que establece el artículo 162 inciso quinto y séptimo del Código del Trabajo, debiendo las demandadas pagar remuneraciones y demás prestaciones de origen laboral desde el 15 de mayo del año 2020 hasta su efectiva convalidación entendiendo por tal el pago de las cotizaciones previsionales del p

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 13 de enero de 2022 RUC 20- 4-0303758-4 RIT O-6881-2020 CARATULADO BLANDON/SCHRIEVER MAGISTRADO Eduardo Alejandro Ramírez Urquiza ADMINISTRATIVO DE ACTAS Rodrigo Valenzuela HORA DE INICIO 13:43 HORA DE TERMINO 14:45 SALA Sala virtual 15 (2.1) Nº REGISTRO DE AUDIO 2040303758-4-

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