C/ LUIS AARON REYES PUENTES
Rol
O-185-2023
Fecha
23 de junio de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 19 de enero de 2023 alrededor, de las dos de la madrugada, aproximadamente, el imputado Luis Aaron Reyes Puentes, tras escalar el cierre perimetral del domicilio ubicado en Berna 744, comuna de la Granja, ingresó al mismo y desde el antejardín del inmueble procedió a apropiarse mediante la forma de fuerza ya expresada, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, de cuatro botellas de jugo Watts de 1.5 litros, cuatro botellas de agua Cachantun Mas de 1.6 litros, cuatro botellas de bebidas Fanta de 3 litros, avaluadas en la suma total de $14.200 pesos, de propiedad de la víctima, las cuales acopió el imputado cerca el portón del inmueble, no logrando consumar su propósito delictivo ya que al escalar la reja para salir del domicilio, quedó enganchado de la misma, siendo sorprendido por los vecinos de la víctima.” Vistos y teniendo presente: Lo dispuesto en los artículos 1,3,5,7,11 N°6 , 11 N°9, 15 N°1 , 68, artículo 432, 440 N°1 del Código Penal, y artículo 297 , 340 y siguientes del Código Procesal Penal. Ley 18.216 . Se declara: I.- Que, se condena a LUIS AARON REYES PUENTES, ya individualizado a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos Código: GKQXXGNDHVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl durante el tiempo de la condena, por la responsabilidad que le cae en calidad de autor de un delito frustrado, de ROBO EN LUGAR HABITADO, hecho acontecido en el territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 19 de enero del año 2023. II.- Que, reuniéndose respecto del sentenciado los presupuestos del artículo 15 y 15 bis de la Ley 18.216, la pena privativa de libertad será sustituida por la LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA DE ADULTO, quedando por tanto sujeto al control y supervigilancia de la autoridad administrativa de Gendarm
Fallo
Se declara: I.- Que, se condena a LUIS AARON REYES PUENTES, ya individualizado a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos Código: GKQXXGNDHVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl durante el tiempo de la condena, por la responsabilidad que le cae en calidad de autor de un delito frustrado, de ROBO EN LUGAR HABITADO, hecho acontecido en el territorio jurisdiccional de este Tribunal, el día 19 de enero del año 2023. II.- Que, reuniéndose respecto del sentenciado los presupuestos del artículo 15 y 15 bis de la Ley 18.216, la pena privativa de libertad será sustituida por la LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA DE ADULTO, quedando por tanto sujeto al control y supervigilancia de la autoridad administrativa de Gendarmería de Chile, por el término de TRES AÑOS Y UN DÍA, en el evento que dicha pena sustitutiva sea revocada o modificada le servirá como abono el tiempo que este imputado ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad. Esto es, desde el día de los hechos del 19 de enero de 2023, hasta que esta sentencia se torne firme y ejecutoriada. En ese mismo contexto se ordena el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 ter de la Ley 18.216, en con lo que guarda relación con la designación que el delegado que se le ha asignado establecerá como forma
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RESUMEN: RUC : 2300071774-6 RIT : 185-2023 TIPO DE DELITO : ROBO EN LUGAR HABITADO NOMBRE IMPUTADO : LUIS AARON REYES PUENTES CÉDULA DE IDENTIDAD : 13833981-5 DOMICILIO : JULIO BARRENECHEA Nº 0688, LA PINTANA FISCAL : CLAUDIO ASTICA DEFENSOR PÚBLICO : FERNANDA FIGUEROA DÍAZ ATENUANTES : ARTÍCULOS 11 N° 6 y 11 N°9 .CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NO CONCURREN TIPO DE RESOLUCIÓN : PROCEDIMIENTO ABREVIADO.
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