MINISTERIO PÚBLICO C/ DOMINGO ALONSO VALENZUELA JARA
Rol
O-532-2023
Fecha
22 de junio de 2023
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS Que el día 23 de marzo de 2023 a eso de las 16:39 horas en circunstancias que Carabineros del Reten El Tambo realizaba una fiscalización aleatoria vehicular en la Ruta I-90-H con el Cruce El Cardal en la comuna de San Vicente de T.T., proceden a fiscalizar al minibús marca Hyundai, modelo Greis, placa patente única RP-6488, el cual era conducido por el imputado Domingo Alonso Valenzuela Jara, a quien Carabineros le solicita que exhiba su licencia de conducir y los documentos del vehículo, percatándose Carabineros que l imputado solo tiene una clase D, de la Ilustre Municipalidad de San Vicente de T.T. y que el vehículo que conduce tiene una capacidad para 14 pasajeros, procediéndose a su detención. Que los hechos son constitutivos del delito CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO SIN LICENCIA PROFESIONAL DEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 194 de la Ley 18.290, que se encontraría en grado de ejecución de consumado y a donde al imputado le ha cabido participación en calidad de autor. SENTENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 11 N° 9, 70 y demás pertinentes del Código Penal; artículos 194 de la Ley 18.290, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 1 y 4 de la Ley 18.216; se declara: Código: GXVNXGSXDXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Avenida Bernardo O’ Higgins N° 0385, San Vicente de Tagua Tagua Fono: 72 2 573099 I.- Que, se CONDENA a DOMINGO ALONSO VALENZUELA JARA, cédula de identidad N° 15.164.774-K, ya individualizado, a la pena de OCHENTA Y OCHO DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, en su calidad de autor de un delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO SIN L
Fundamentos
considerando quinto de esta sentencia dicha pena privativa de libertad se tendrá íntegramente por cumplida con cargo los 88 días de abono que registra el imputado en la presente causa, por haberse encontrado sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno de 12 horas en su domicilio. III.- Que, se le exime del pago de las costas de la causa, por estimar que al haber admitido responsabilidad, ha evitado con ello el desgaste innecesario de la actividad jurisdiccional. Para efectos de la Ley 20.285 y la posterior publicación de la sentencia en la Página Web del Poder Judicial, publíquese solamente las iniciales de las víctimas del proceso. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y Archívese en su oportunidad. SENTENCIA EJECUTORIADA.- Observaciones: • El Tribunal: Que se DEJA SIN EFECTO la Medida Cautelar del artículo 155 del Código Procesal Penal: Letra a), esto es: que tenía arresto domiciliario nocturno. Ofíciese a Carabineros de la Sexta Comisaría de San Vicente de T.T., a fin de que tomen conocimiento de lo resuelto. Sirviendo la presente acta como suficiente oficio remisor. DICTADA POR JORGE ALIRO PARRAGUÉ LÓPEZ, JUEZ TITULAR DE GARANTÍA DE SAN VICENTE DE TAGUA-TAGUA. Dra Código: GXVNXGSXDXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-23T14:38:21-0400
Fallo
se declara: Código: GXVNXGSXDXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Avenida Bernardo O’ Higgins N° 0385, San Vicente de Tagua Tagua Fono: 72 2 573099 I.- Que, se CONDENA a DOMINGO ALONSO VALENZUELA JARA, cédula de identidad N° 15.164.774-K, ya individualizado, a la pena de OCHENTA Y OCHO DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, en su calidad de autor de un delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO SIN LICENCIA PROFESIONAL DEBIDA, previsto y sancionado en los artículos 194 de la Ley 18.290, Ley de Tránsito, ocurrido el día 23 de marzo de 2023 en la comuna de San Vicente de Tagua- Tagua. II.- Que, como se indicó en el considerando quinto de esta sentencia dicha pena privativa de libertad se tendrá íntegramente por cumplida con cargo los 88 días de abono que registra el imputado en la presente causa, por haberse encontrado sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno de 12 horas en su domicilio. III.- Que, se le exime del pago de las costas de la causa, por estimar que al haber admitido responsabilidad, ha evitado con ello el desgaste innecesario de la actividad jurisdiccional. Para efectos de la Ley 20.285 y la posterior publicación de la sentencia en la Página Web del Poder Judicial, publíquese solamente las iniciales de las víctimas del proceso. Ejecutoriada que sea esta sentencia, cú
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Avenida Bernardo O’ Higgins N° 0385, San Vicente de Tagua Tagua Fono: 72 2 573099 REGISTRO: 112-2023.- ACTA DE AUDIENCIA RUC: 2300322821-5 RIT: 532-2023 JUEZ: JORGE ALIRO PARRAGUÉ LÓPEZ FECHA: 22 de junio de 2023 HORA INICIO: 12:02 HORA DE TÉRMINO: 12:14 TIPO DE AUDIENCIA: J.O.S. DELITO: Conducción sin licencia debida AUDIO: INTERVINIENTES: ASISTENTE DE FISCAL: Juan Ignacio Aguilera Collin (Zoom)
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