2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CASTRO/PASTELERIA NATAS LIMITADA

Rol

O-6045-2020

Fecha

12 de enero de 2022

Materia

Costas, Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos y circunstancias. 2) Existencia de una relación laboral. Para el caso afirmativo, fecha de inicio y termino, condiciones, remuneración pactada.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que encontrándose rebelde la parte demandada, le ha correspondido a la demandante acreditar los supuestos sobre los cuales funda su pretensión, a saber: 1) Eficacia de los finiquitos celebrados entre las partes. Hechos y circunstancias. 2) Existencia de una relación laboral. Para el caso afirmativo, fecha de inicio y termino, condiciones, remuneración pactada. Motivos que habrían dado origen al término de la relación laboral. Hechos y circunstancias. 3) Prestaciones adeudadas. Fundamento y monto. 4) Efectividad de encontrarse pagadas las cotizaciones previsionales al momento del término de la relación laboral. Hechos y circunstancias. 5) Efectividad de encontrarse la demandante sujeta a fuero maternal. Extensión y alcance del mismo. Para tal efecto aportó la siguiente prueba: 1) Contrato de trabajo de fecha 14 de agosto de 2019, suscrito entre la sociedad Pastelería Natas Limitada y Doriexy Estifany Castro Peña, indicándose que ésta desempeña labores de “programadora y trabajos administrativos de la empresa”, sueldo de $310.000.- (trescientos diez mil pesos) 2) Documento denominado Finiquito del Trabajador, de fecha 31 de octubre de 2019, autorizado ante notario Francisco Hollmann Ovalle con un timbre de fecha 20 de julio de 2020; donde se indica que ésta ingresó a prestar servicios con fecha 14 de agosto terminando la relación laboral el 31 de octubre, ambas del año 2019 3) Certificado de nacimiento del menor Julián Isaías García Castro, rut N° 27.439.894-9, nombre de padre Norberto García Contreras, nombre de la madre Doriexy Estifany Castro Peña, nacido el 02 de enero de 2021 4) Confesional ficta de Arturo Alfaro Quinteros, c.i. N° 6.619.018-8, como representante legal de la demandada Abastecimiento y Servicios de Construcción Spa, quedando el tribunal facultado para estimar admitidas las aseveraciones de la demanda.- 5) Exhibición de liquidaciones de remuneraciones de la demandante para el período comprendido entre el 14 de agosto de 2019 y el 20 de julio de 2020. 6) Exhibición de carta de despido enviada por la empresa a la trabajadora, junto con sus correspondientes comprobantes de envío, o en su defecto pacto de terminación de mutuo acuerdo. 7) Exhibición de comprobantes de pago de cotizaciones previsionales de la trabajadora demandante para el período de vigencia de la relación contractual. 8) Oficio de AFC Chile Seguro de Cesantía donde se indica que la trabajadora Doriexy Estifany Castro Peña, rut no registrado, no se encuentra afiliada al seguro. 9) Oficio de AFP Modelo de fecha 24 de diciembre de 2021, donde se indica que la trabajadora Doriexy Estifany Castro Peña, cédula de identidad N° 33.217.584-K, no registra declaraciones ni pago de cotizaciones previsionales SEGUNDO: Que apreciadas las pruebas incorporadas, conforme a las reglas de la sana crítica, importando con ello tomar en especial consideración la gravedad, concordancia, multiplicidad y conexión de aquellos, y teniendo presente además lo dis

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 7, 58, 63, 67, 161, 162, 163, 163 bis, 168, 172, 173, 194 a 208, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que, se ACOGE, la demanda deducida por DORIEXY ESTIFANY CASTRO PEÑA, bachiller, Cédula de Identidad de Venezuela N° 25.962.259, en contra de Pastelería Natas Limitada, sociedad comercial del giro de su denominación, representada legalmente por ARTURO ALFARO QUINTEROS, Cédula de Identidad N° 6.619.018-8, declarándose nulo el finiquito y el despido de que fue objeto la trabajador, con fecha 20 de julio de 2020, por haber existido deuda previsional a la época, condenándose en consecuencia a la demandada a pagar al trabajador, las remuneraciones y demás prestaciones devengadas desde la fecha de su despido, esto es, el 20 de julio de 2020 y hasta la fecha de su convalidación.- II.- Que, asimismo, se declara injustificado el despido, atendido el fuero maternal que la actora gozaba a la fecha de éste y, en consecuencia, se condena a la demandada antes individualizada a pagar a la actora las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $310.000.- 2.- Cotizaciones de seguridad social adeudadas por todo el período trabajado: $673.568.- 3.- Lucro cesante por fuero maternal: $5.890.000. III.- Que las sumas ordenadas pagar en forma precedente, deberá serlo con los reajustes e intereses que establece en los artículos 63 y 173 del Cód

Texto Completo (Preview)

Santiago, doce de enero de dos mil veintidós. I.- ANTECEDENTES: En este juicio, DORIEXY ESTIFANY CASTRO PEÑA, bachiller, domiciliada en calle Radal N° 1227, departamento 1507, comuna de Quinta Normal, Cédula de Identidad de Venezuela N° 25.962.259, interpone demanda en procedimiento ordinario de aplicación general por nulidad de finiquito, reconocimiento de fuero maternal, despido injustificado,

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