Juzgado de Garantía de Vallenar.

TERCERA COMISARIA CARABINEROS VALLENAR C/ CLAUDIA ANDREA AGUILERA VALENZUELA

Rol

O-2611-2022

Fecha

19 de junio de 2023

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día de diciembre de a las : horas la imputada CLAUDIA ANDREA AGUILERA VALENZUELA concurre hasta el domicilio ubicado en calle Frutos del Huasco N° de esta ciudad, una vez allí comienza a insultar con palabras groseras a doña Nolfa del Carmen Barrios Sulantay y, asimismo, al ver que ésta no atendía al llamado comenzó a lanzar piedras al inmueble para luego, lanzar patadas al portón del cierre perimetral del domicilio, tomando con sus manos y desarrajando éste desde su base doblando unos fierros que cubren unas planchas de terciado. El importe de los daños fueron avaluados en la suma de $ . pesos.” SE DECLARA: I. Que, la imputada CLAUDIA ANDREA AGUILERA VALENZUELA, ya individualizada, es culpable de los cargos formulados en el requerimiento del Ministerio Público y en consecuencia se condena, en calidad de AUTORA del simple delito de DAÑOS SIMPLES, en grado CONSUMADO, hecho perpetrado el día de diciembre del año en la ciudad de Vallenar a sufrir la pena de MULTA de 0,3 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II. Que, la pena de multa impuesta se tiene por CUMPLIDA con el tiempo que ha permanecido privada de libertad con ocasión de estos hechos entre los días a de Diciembre del año . III. Que, se EXIME al pago de las costas del procedimiento. La presente sentencia se encuentra firme y ejecutoriada para todos los efectos legales. CÚMPLASE con lo dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. Hecho, ARCHÍVESE. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: FLXNXFDDHDZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-20T11:00:17-0400

Fallo

SE DECLARA: I. Que, la imputada CLAUDIA ANDREA AGUILERA VALENZUELA, ya individualizada, es culpable de los cargos formulados en el requerimiento del Ministerio Público y en consecuencia se condena, en calidad de AUTORA del simple delito de DAÑOS SIMPLES, en grado CONSUMADO, hecho perpetrado el día de diciembre del año en la ciudad de Vallenar a sufrir la pena de MULTA de 0,3 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II. Que, la pena de multa impuesta se tiene por CUMPLIDA con el tiempo que ha permanecido privada de libertad con ocasión de estos hechos entre los días a de Diciembre del año . III. Que, se EXIME al pago de las costas del procedimiento. La presente sentencia se encuentra firme y ejecutoriada para todos los efectos legales. CÚMPLASE con lo dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. Hecho, ARCHÍVESE. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos y siguientes del Código Procesal Penal”. Código: FLXNXFDDHDZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-20T11:00:17-0400

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Vallenar, diecinueve de junio de dos mil veintitrés TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Vallenar. MAGISTRADO: VIRGILIO RICARDO PEREZ CARRIZO RUC: - RIT: - IMPUTADO: CLAUDIA ANDREA AGUILERA VALENZUELA C.I. . . - FECHA DE NAC. - - DIRECCION Calle Arturo Alvarez , Población Baquedano Fono: COMUNA: Vallenar. DELITO Daños simples. ARTICUL

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