Juzgado de Garantía de Yungay.

MP C/ JOSÉ MIGUEL QUIJADA QUIJADA

Rol

O-1009-2021

Fecha

9 de junio de 2023

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento, ahorrándole así recursos y tiempo al Estado, y por además estar representado por la Defensoría Penal Pública. Oportunamente dese cumplimiento a lo ordenado en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, publíquese virtualmente y archívese en su oportunidad. RUC 2110034132-5 RIT 1009 - 2021 Sentencia Dictada por ANDRÉS EUGENIO VILLARROEL ROMAN, Juez (S) del Juzgado de Garantía de Yungay. "Todo lo actuado, fundamentado y resuelto en la presente audiencia, se encuentra íntegramente registrado en el correspondiente sistema de audio, único instrumento válido de conservación y registro de audiencia al tenor de lo dispuesto en el artículo 39 del Código Procesal Penal”. Código: QMXSXFSTXJY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-19T09:18:51-0400

Fundamentos

Considerando: Resolutiva:

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a JOSÉ MIGUEL QUIJADA QUIJADA, cédula de identidad N° 16.535.672-1, domiciliado en calle Yerbas Buenas N° 654 de la comuna de Chillán, ya individualizado en su calidad de autor y en grado de ejecución consumado, por el delito de receptación, por el ilícito cometido el día 25 de julio del año 2021 en la comuna de Yungay, territorio jurisdicional de este tribunal, a la pena de SESENTA Y UN DÍA (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de duración de la condena, a la multa de TRES (3) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II.- Que teniendo en consideración la cantidad de días de abonos que registra el condenado en la especie 154 días, considerando la pena de 61 días y las 3 unidades tributarias mensuales en las conversiones que corresponda, se tendrá por cumplida la pena ya impuesta. III.- Que no se condena en costas al sentenciado por su admisión de responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, ahorrándole así recursos y tiempo al Estado, y por además estar representado por la Defensoría Penal Pública. Oportunamente dese cumplimiento a lo ordenado en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, publíquese virtualmente y archívese en su oportunidad. RUC 2110034132-5 RIT 1009 - 2021 Sentencia Dictada por ANDRÉS EUGENIO VILLARROEL ROMAN, Juez (S) del Juzgado de Garantía de Yungay. "Todo lo actuado, fundamentado y resuelto en la presente audienc

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SENTENCIA: Yungay, nueve de junio de dos mil veintitrés. Vistos, Oído y Considerando: Resolutiva: SE DECLARA: I.- Que se condena a JOSÉ MIGUEL QUIJADA QUIJADA, cédula de identidad N° 16.535.672-1, domiciliado en calle Yerbas Buenas N° 654 de la comuna de Chillán, ya individualizado en su calidad de autor y en grado de ejecución consumado, por el delito de receptación, por el ilícito cometido el d

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