ANGELIN SARA DÍAZ RIQUELME C/ JAVIER ALEJANDRO FUCHSLOCHER BAEZA
Rol
O-1783-2021
Fecha
17 de junio de 2023
Materia
INJURIA (ACCION PRIVADA).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante este Juzgado de Garantía de Los Ángeles, se llevó a cabo audiencia de juicio oral simplificado de acción privada seguida en contra de JAVIER ALEJANDRO FUCHSLOCHER BAEZA, RUN 16.987.987-7, profesor, domiciliado en calle Errázuriz Nº043 Villa Balmaceda de la ciudad de Los Ángeles, representado por la abogada defensora penal publica doña Melissa Riquelme Bernales. Fue parte querellante ANGELIN SARA DIAZ RIQUELME, chilena, cedula nacional de identidad numero 8.926.354-9, sostenedora, domiciliada para estos efectos en calle José Manso de Velasco 221 oficina 910, de la ciudad de Los Ángeles, representada por el abogado Eduardo Soto Delgado. SEGUNDO: Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la querella son los siguientes: a) Antecedentes preliminares Que la Sra. ANGELIN SARA DIAZ RIQUELME es presidenta del Directorio y representante legal de la Corporación Educacional Alicia Riquelme, RUT 65.144.377-6, la cual a su vez es sostenedora del Colegio Marta Brunet de la ciudad de Los Ángeles, institución fundada en el 18 de mayo del año 1981 y reconocida por el Estado de Chile en virtud del Decreto cooperador Nº 3177 del mismo año. Por su parte el querellado don JAVIER ALEJANDRO FUCHSLOCHER BAEZA, ejerce la función de profesor de historia y geografía en el Colegio Marta Brunet desde el año 2017 en distintos niveles y es además Presidente del Sindicato de los trabajadores de la Corporación desde el año 2018. b) Los hechos constitutivos del delito Que el día 17 de marzo de 2020 el querellado don JAVIER ALEJANDRO FUCHSLOCHER BAEZA, escribió un mail a doña ANGELIN SARA DIAZ RIQUELME, con copia a un funcionario de la Dirección del Trabajo, cuyo título era “Evidenciar la Existencia de Comportamientos Constitutivos de Acoso y Vulneración de derechos Laborales hacia mi Persona”, en donde le imputaba a la Código: BYXZXFXRLCY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl querellada una serie de comportamientos de acoso laboral y vulneración de otros derechos supuestamente realizados en su contra. El texto íntegro del documento en donde se contienen los supuestos actos de acoso es el siguiente (destacados son del querellante): “A: Sra. Angelin Díaz Riquelme. Presidenta del Corporación Educacional Alicia Riquelme. Los Ángeles. Junto con saludarla y por medio de la presente me dirijo a usted, en su calidad de Representante legal de la Corporación Alicia Riquelme, para informal a la Corporación, sobre la existencia de comportamientos constitutivos de acoso laboral hacia mi persona y la vulneración de mi derecho al debido proceso. El día lunes 04 de noviembre de 2019, siguiendo los canales establecidos en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad del establecimiento, presento ante la dirección de manera escrita, una denuncia por acoso laboral hacia mi persona, por parte de la presidenta de la Corporación Educacional Alicia Riquelme, Sra Angelín Díaz Riquelme. Quie
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1°, 14, 15, 18, 21, 416 y 417 del Código Penal; artículos 394 y siguientes del Código Procesal Penal SE DECLARA: I.- Se ABSUELVE al querellado JAVIER ALEJANDRO FUCHSLOCHER BAEZA, ya individualizado, de la imputación formulada por la querellante. II.- No se condena en costas al querellante por estimarse que tuvo motivo plausible para haber interpuesto la querella de autos. Notifíquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Código: BYXZXFXRLCY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por Soledad García Nannig, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Los Ángeles. RUC - RIT - Código: BYXZXFXRLCY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-17T16:30:40-0400
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Los Ángeles, a diecisiete de junio de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Ante este Juzgado de Garantía de Los Ángeles, se llevó a cabo audiencia de juicio oral simplificado de acción privada seguida en contra de JAVIER ALEJANDRO FUCHSLOCHER BAEZA, RUN 16.987.987-7, profesor, domiciliado en calle Errázuriz Nº043 Villa Balmaceda de la ciudad de Los Ángeles, representado por la aboga
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