ORREGO/IMPERIAL S.A.
Rol
O-7133-2020
Fecha
12 de enero de 2022
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que la fundan, derivados de la extensión por parte del señor Orrego de más de 714 guías de despacho virtuales, con infracción del Reglamento interno de la empresa y colocando a la empresa en un posible incumplimiento tributario, ya que en al menos dos casos se emitieron tales guías de despacho sin que las respectivas mercaderías hayan sido entregadas a los compradores. Además, le reprochaba en la carta que, al menos en marzo y mayo de 2020 el trabajador sobrecumplió sus metas de gestión, lo que se tradujo en la obtención de incentivos por ventas superiores a los que habría logrado si no se hubiesen emitido esas guías, ya que sus incentivos están asociados a ventas netas despachadas. Agregaba que las políticas de la empresa debían ser conocidas por el trabajador atendida su experiencia en el cargo y experticia, y las obligaciones específicas del contrato se encuentran en las cláusulas 7° a 9° y en la descripción de su cargo de ese documento, así como en los artículos 33 y 34 del Reglamento de orden y seguridad de la empresa. Reconoce que emitió todas las guías de despacho citadas en la carta de despido, pero en esa emisión no incurrió en ningún incumplimiento legal, contractual o reglamentario, sino que se sujetó a las autorizaciones, instrucciones, exigencias y procedimientos que recibió de parte de la demandada, quien desde el 16 de marzo de 2020 hasta su despido dispuso que trabajara a distancia o “teletrabajase” desde su hogar usando VPN, sin firmar el anexo respectivo previsto en la Ley N° 21.220. En consecuencia, él no aceptó, no firmó y la demandada no le entregó anexo de contrato de trabajo, protocolo o documento que le señalara las prohibiciones y los procedimientos que debía adoptar al emitir guías de despacho virtuales mientras trabajaba remotamente. Indica que emitió esa gran cantidad de guías porque la empresa la impuso metas de ventas mensuales, siendo la emisión de las guías de despacho virtuales una condición indispensable para cumplir tales
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece Claudio Andrés Orrego Letelier, Jefe de Logística, run 13.643.524-8, domiciliado para estos efectos en calle Huérfanos 1178, oficina 309, Santiago, quien deduce demanda de despido indebido y cobro de prestaciones en procedimiento ordinario contra la empresa Imperial S.A., run 76.821.330-5, representada legalmente por su gerente general don Rodrigo Fuenzalida Frugone, run 7.016.757-3, ambos con domicilio en calle Alberto Llona 1153, Maipú. Expresa el demandante que la relación laboral de naturaleza indefinida entre las partes litigantes se extendió desde el 13 de enero de 1998 hasta el 30 de septiembre de 2020, desempeñándose como jefe de logística y encontrándose su lugar de trabajo en la sucursal de Alberto Llona 1153, Maipú, encontrándose excluido de los límites de jornada de trabajo previsto en el artículo 22 del Código del Trabajo, en razón de la naturaleza de sus funciones. Sus funciones diarias las desarrolló bajo subordinación y dependencia, acatando las órdenes que le impartía presencialmente o por medios telemáticoss (tales como llamados telefónicos, mensajes de whatsapp y correos electrónicos) su jefe directo y supervisor don Cristián Alvarado, gerente de tienda. Expone que la demandada controlaba su asistencia, ingreso y salida del trabajo, debiendo dar aviso en caso de atraso o inasistencia vía llamada telefónica o whatsapp dirigido al gerente de tienda. Su remuneración mensual ascendió a la suma de $2.990.652, por lo que en su caso rige el tope de 90 UF establecido en el artículo 172 el Código del ramo, que al 31 de agosto de 2020 equivale a $2.581.151, lo cual es el resultado de multiplicar el valor de la UF al 31 de agosto de 2020, de $28.679,45, por 90. Detalla que con fecha 30 de septiembre de 2020 don Pedro Flores León, Sub gerente de Personas de la empresa demandada, le envió por correo certificado a su domicilio y por correo electrónico carta de despido, donde le informaba que la causa invocada es "incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato", y detallaba extensamente los hechos que la fundan, derivados de la extensión por parte del señor Orrego de más de 714 guías de despacho virtuales, con infracción del Reglamento interno de la empresa y colocando a la empresa en un posible incumplimiento tributario, ya que en al menos dos casos se emitieron tales guías de despacho sin que las respectivas mercaderías hayan sido entregadas a los compradores. Además, le reprochaba en la carta que, al menos en marzo y mayo de 2020 el trabajador sobrecumplió sus metas de gestión, lo que se tradujo en la obtención de incentivos por ventas superiores a los que habría logrado si no se hubiesen emitido esas guías, ya que sus incentivos están asociados a ventas netas despachadas. Agregaba que las políticas de la empresa debían ser conocidas por el trabajador atendida su experiencia en el cargo y experticia, y las obligaciones específicas del contrato se encuentran en las cláusulas 7° a 9° y en la
Fallo
se declara: I. Que ha lugar a la demanda y se declara improcedente el despido comunicado el día 30 de septiembre de 2020, deducida por Claudio Andrés Orrego Letelier, ya individualizado, en contra de su ex empleador, la demandada empresa Imperial S.A., run 76.821.330-5, ya singularizada. II.- Que se condena a la demandada Imperial S.A. al pago de las siguientes prestaciones en favor de Claudio Andrés Orrego Letelier: A.- El pago de $19.397.070 por concepto de indemnización por años de servicio. B.- El pago de $15.517.656 por concepto de recargo legal de 80% sobre la indemnización por años de servicio C.- El pago de $1.763.371 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo D.- El pago de $52.901 por concepto de feriado legal E.- El pago de $940.464 en razón de feriado proporcional F.- El pago de $494.440 por concepto de diferencia de remuneraciones del mes de septiembre de 2020. Que las sumas señaladas serán reajustadas y devengarán intereses de conformidad a lo dispuesto por los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, teniendo presente al momento de liquidar el crédito del actor y las fechas de exigibilidad de cada obligación. III.- Que se exime a la demandada Imperial S.A. del pago de las costas. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, si no se pagaren las sumas ordenadas dentro de quinto día, remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral de esta jurisdicción mediante interconexión. Regístrese, notifíquese por correo electrónico y archíven
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SANTIAGO, DOCE DE ENERO DE DOS MIL VEINTI DOS. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece Claudio Andrés Orrego Letelier, Jefe de Logística, run 13.643.524-8, domiciliado para estos efectos en calle Huérfanos 1178, oficina 309, Santiago, quien deduce demanda de despido indebido y cobro de prestaciones en procedimiento ordinario contra la empresa Imperial S.A., run 76.821.330-5, representada
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