1º Juzgado Civil de Rancagua

COMPAÑÍA CONTRACTUAL MINERA LOS ANDES/

Rol

V-77-2020

Fecha

3 de septiembre de 2020

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Primero: Que, en folio 1 de fecha 20 de marzo de 2020 comparase don DIEGO BRIEBA VIAL, chileno, casado, abogado, c dula nacional de identidad Né º 8.625.311-9, domiciliado en paseo Hu rfanos N 1270, piso N 10, Santiago, ené º ° representaci n de la ó COMPA A CONTRACTUAL MINERA LOS ANDESÑÍ , Empresa Chilena, del, giro de su denominaci n, RUT 78.860.780-6, del mismoó domicilio quien solicita pedimento minero de exploración sobre terrenos abiertos e incultos, ubicados en la comuna de Codegua, Provincia de Cachapoal, Sexta Región, sobre una superficie de 300 hectáreas que denominar á MARTINA 15“ ”, cuyo punto medio tiene las siguientes coordenadas U.T.M., Norte 6.209.500,00 metros y Este 401.500,00 metros, referidas al Datum Provisorio La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de 1924, Zona 19. Segundo: Que, en folio 6 de 02 de junio de 2020 se acompa a la carpetañó digital documentos que acreditan que el pedimento fue inscrito en el Conservador de Minas de Rancagua a fojas 126 vta, N 79 d° el Registro de Descubrimientos del año 2020 y que se procedi ó a efectuar el pago correspondiente al Formulario de Ingresos Fiscales, Pagos Directos, Pedimento y Manifestaciones Mineras y a efectuar el pago correspondiente al formulario de Patentes de Concesiones Mineras de Exploración de fechas 9 de abril 2020 y 28 de abril de 2020 respectivamente. Tercero: Que consta en folio 6 que tambi n se acompa la publicaci n delé ñó ó pedimento de autos en el ejemplar N ° 42.638 del Boletín Oficial de Minería de fecha 23 de abril de 2020. Cuarto: Que, en folio 6 se agrega escrito en que se solicita se dicte sentencia constitutiva y habiéndose ordenado recabar informe del Servicio Nacional de Geología y Minería en folio 10, donde dicho Servicio lo evacu ó a través del ORD 402, de fecha 13 de agosto de 2020, concluyendo que la referida concesión se encuentra conforme con las disposiciones legales vigentes y que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de ésta, se ajusta

Fallo

se resuelve: I.- Que, se declara constituida la concesión de exploración denominada MARTINA 15“ ”, solicitada por don DIEGO BRIEBA VIAL, C.I: N 8.625.311-9,º en representaci n de la ó COMPA A CONTRACTUAL MINERA LOS ANDESÑÍ , RUT 78.860.780-6, ya individualizados precedentemente. II.- Que, las coordenadas U.T.M. con precisión de centímetros de los vértices, y la relación en azimut y distancia del vértice uno con el punto medio de la concesión minera de exploración MARTINA 15“ ”, son las siguientes: P.M. Norte 6.209,500,00 mts Este 401.500.00 mts Vértice 1 Norte 6.211,000,00 mts Este 401,000,00 mts Vértice 2 Norte 6.211,000,00 mts Este 402,000,00 mts Vértice 3 Norte 6.208,000,00 mts Este 402,000,00 mts Vértice 4 Norte 6.208,000,00 mts Este 401, 000,00 mts III.- Apru bese el plano de la concesié ón de exploración MARTINA 15“ ”. IV.- Publíquese el extracto de esta sentencia en la forma dispuesta en el artículo 90 del Código de Minería. V.- Inscríbase esta sentencia y archívese el plano correspondiente. VI.- Remítase en su oportunidad al Servicio Nacional de Geología y Minería, copia de esta sentencia y original del plano correspondiente. Regístrese, anótese, notifíquese, dese copia autorizada y archívese en su oportunidad. Dictada por don Margarita Navarrete Zurita, Jueza Suplente Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada correspon

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-77-2020 CARATULADO : COMPA A CONTRACTUAL MINERA LOSÑÍ ANDES/ Rancagua, tres de Septiembre de dos mil veinte Visto: Primero: Que, en folio 1 de fecha 20 de marzo de 2020 comparase don DIEGO BRIEBA VIAL, chileno, casado, abogado, c dula nacional de identidad Né º 8.625.311-9, domiciliado en paseo Hu rfanos N 1270, p

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