Juzgado de Garantía de Osorno.

MINISTERIO PUBLICO C/ LAURENCIO FLAVIO CORNEJO LÓPEZ

Rol

O-1501-2023

Fecha

15 de junio de 2023

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: HECHOS: El día 24 de abril de 2023 a las 19.10 horas aproximadamente, mientras el requerido LAURENCIO FLAVIO CORNEJO LÓPEZ, se encontraba al interior del Supermercado Unimarc, ubicado en calle Patricio Lynch N° 1278 de Osorno, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, se apropió de un quintal de harina marca merkat, una lata de cerveza escudo, un maní salado de 200 gramos una oblea bon bon y dos cortes de carne de vacuno; todas las especies avaluadas en la suma de $50.670, quien tras traspasar las cajas recaudadoras de dinero fue retenido por guardias de seguridad del recinto, que con ello logran recuperar las especies señaladas. Que la parte expositiva y considerativa se encuentran consignadas en el registro de audio correspondiente, conforme los artículos 39 y 41 del Código Procesal Penal, 29 inciso final y 62 inciso 3° y 5° del Auto Acordado contenido en Acta 71-2016 de la Excma. Corte Suprema; siendo la resolutiva del siguiente tenor: Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15, 18, 25, 30, 51, 67, 69, 49, artículo 432 y 446 N° 3 todos del Código Penal; artículos 297, 340 y siguientes, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y la Ley 18.216, SE DECLARA: Que SE CONDENA a LAURENCIO FLAVIO CORNEJO LÓPEZ Cédula de Identidad N° 9690783- 4, con domicilio en Rahue Alto Osorno (artículo 26 Código Procesal Penal); por su participación de autor (es) en el (los) delito(s) de hurto simple, en grado de ejecución frustrado (s), perpetrado(s) con fecha 24 de abril de 2023, en la comuna de Osorno; a las siguientes penas: a- A la corporal de veintiún días de prisión en su grado medio. b- A la pecuniaria de multa de 1/3 de UTM a beneficio fiscal, cual(es), de conformidad al artículo 49 del Código Penal, se da(n) por cumplida con el tiempo de privación de libertad por esta causa, es decir 01 día(s). c- A las accesorias del artículo 30 del Código Penal. d- Que no se condena en cos

Fundamentos

considerando la(s) pena(as) corporal(es) impuesta(s), que se registran anotaciones prontuariales anteriores en el extracto de filiación y antecedentes del caso por crimen o simple delito, cuales conforme su data no deben ser ponderadas, y que se reúnen en la especie las exigencias del artículo 4 de la ley N° 18.216 y 20.603, se Código: HKWSXFZBKXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sustituye(n) por la remisión condicional, sujetándose al control administrativo en la sección correspondiente del CRS de Osorno por el lapso de Un año(s). En caso de incumplimiento o quebrantamiento se estará a lo dispuesto en el artículo 24 y siguientes de dicha normativa, sin abonos; sin perjuicio de ponderarse el lapso que proporcionalmente se haya servido de la medida sustitutiva aplicada. Ofíciese. Para éstos efectos debe(n) presentarse a las dependencias del Centro de Reinserción Social referido, a dar inicio a la pena sustitutiva, dentro de quinto día de ejecutoriado el presente fallo, bajo apercibimiento de despachar orden de detención en su contra. En ese sentido, se le(s) emplaza desde ya para concurrir al CRS indicado a dar inicio a la sustitutiva, excepcionalmente para el día 17 de julio del corriente, esto si el presente

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 15, 18, 25, 30, 51, 67, 69, 49, artículo 432 y 446 N° 3 todos del Código Penal; artículos 297, 340 y siguientes, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y la Ley 18.216, SE DECLARA: Que SE CONDENA a LAURENCIO FLAVIO CORNEJO LÓPEZ Cédula de Identidad N° 9690783- 4, con domicilio en Rahue Alto Osorno (artículo 26 Código Procesal Penal); por su participación de autor (es) en el (los) delito(s) de hurto simple, en grado de ejecución frustrado (s), perpetrado(s) con fecha 24 de abril de 2023, en la comuna de Osorno; a las siguientes penas: a- A la corporal de veintiún días de prisión en su grado medio. b- A la pecuniaria de multa de 1/3 de UTM a beneficio fiscal, cual(es), de conformidad al artículo 49 del Código Penal, se da(n) por cumplida con el tiempo de privación de libertad por esta causa, es decir 01 día(s). c- A las accesorias del artículo 30 del Código Penal. d- Que no se condena en costas por haber admitido responsabilidad, evitando la realización de un juicio oral. e- Que considerando la(s) pena(as) corporal(es) impuesta(s), que se registran anotaciones prontuariales anteriores en el extracto de filiación y antecedentes del caso por crimen o simple delito, cuales conforme su data no deben ser ponderadas, y que se reúnen en la especie las exigencias del artículo 4 de la ley N° 18.216 y 20.603, se Código: HKWSXFZBKXX Este documento tiene firma electrónica y su original pue

Texto Completo (Preview)

3simplificado : SENT DEFINITIVA RIT : 1501 - 2023 RUC : 2300448295-6 MATERIA : HURTO SIMPLE. IMPUTADO : LAURENCIO FLAVIO CORNEJO LÓPEZ Osorno, a quince de junio de dos mil veintitrés. VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: HECHOS: El día 24 de abril de 2023 a las 19.10 horas aproximadamente, mientras el requerido LAURENCIO FLAVIO CORNEJO LÓPEZ, se encontraba al interior del Supermercado Unimarc, ubi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica